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Órdenes menores



Las órdenes menores son grados dentro de la ordenación que se realiza a clérigos que ya han ordenado la tonsura para que desempeñen determinados servicios a la Iglesia.

Tras el Concilio Vaticano II, el 15 de agosto de 1972 Pablo VI firmaba la Carta en forma de Motu Proprio "Ministeria quaedam", por la cual suprimía las llamadas "Órdenes menores" y se transformaban en ministerios laicales,[1]​ quedando las de lector y acólito, con el argumento de que de este modo se les estaba dando así una coherencia funcional mayor, ya que por ejemplo, las funciones del ostiario son propias de un sacristán y las del exorcista son propias de un presbítero, que es el que por la crismación de las manos, tiene el poder de imponer las manos y bendecir y por tanto de invocar a Dios para que el demonio sea sacado del cuerpo del fiel exorcizado.

Pero esto no sucede así para aquellas comunidades que siguen los usos litúrgicos antiguos del rito romano. En ellas siguen ordenando candidatos para el sacerdocio en sus seminarios con estas órdenes sagradas.[2]




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