El alcalde de Madrid es el cargo que ejerce la presidencia del Ayuntamiento de Madrid, la capital de España.
Anteriormente existió el cargo de corregidor, instituido en Castilla por Enrique III en 1393 y puesto definitivamente en aplicación por los Reyes Católicos en 1480; el corregidor dependía directamente del presidente del Consejo de Castilla, y tenía jurisdicción sobre todos los lugares del corregimiento de Madrid, que incluía no solo la villa, sino también otros 36 núcleos de población en los alrededores de esta; en 1746 Fernando VI suprimió el cargo, nombrando a un gobernador político y militar en su lugar, pero al año siguiente revirtió esta reforma.
Con la división territorial de 1833 el empleo de corregidor fue sustituido por el de alcalde, el cual perduró hasta nuestros días excepto durante dos periodos: durante la dictadura de Primo de Rivera (1920-1930) y tras la revolución de 1934, cuando se suspendieron en España los ayuntamientos (1934-1936), haciéndose cargo de las administraciones locales una comisión gestora creada a tal fin. El alcalde de Madrid, al igual que el de Barcelona, tiene el tratamiento de excelencia.
Durante la Restauración borbónica, de acuerdo con la Ley de 1877, el cargo era de libre nombramiento real, y lo mismo sucedía con los tenientes de alcalde, si bien estos era escogidos del seno de la corporación.
Durante la dictadura franquista, la Ley Especial de 1963 para el Municipio de Madrid estableció que la designación del alcalde de Madrid corría directamente a cargo del jefe del Estado, a sugerencia del ministro de la Gobernación, estableciendo un mandato de seis años, sin perjuicio de la renovación del cargo.
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