En las dos primeras acepciones de la RAE, la autoridad se refiere al ejercicio de ciertas potestades de mando o conducción de carácter legítimo. Esto significa que debe contar con algún fundamento, en principio, reconocido por los subordinados. Esto la diferencia del poder, que no requiere de mayor fundamento, más allá de la fuerza, o la capacidad para producir los efectos.
Desde este punto de vista, es objeto de estudio del Derecho, las disciplinas vinculadas a la gestión y los asuntos políticos, la Sociología, entre otras disciplinas.
Desde otras acepciones, se hace referencia una persona o institución de cierto prestigio o reconocimiento público, sobre alguna materia en particular.
La noción de autoridad ha sido tratada en filosofía y en sociología, en particular por Max Weber y Alexandre Kojève. Las necesidades de supervivencia, obligaron a los hombres a establecer unas reglas de juego que les permitiera poder afrontar los peligros y contratiempos de un medio hostil como son los demás hombres y la naturaleza.
En esas épocas, la autoridad era que el derecho de un superior al cumplimiento exacto por parte de los subordinados se desarrollaba en la cima y bajaba a través de toda la comunidad.
En las sociedades realmente democráticas, la aceptación de la autoridad viene de abajo arriba.
Suelen distinguirse cuatro tipos diversos: Los dos primeros, de índole jurídica, forman el poder o la autoridad propiamente dicha. Los dos últimos forman más bien la autoridad moral que dan el prestigio, los conocimientos, etc., y son complementos que deben darse en cualquiera de los dos básicos.
1. Jurídica (se impone por obligación). Esta se clasifica en: Formal, que a su vez se clasifica en:
2. Moral (se impone por convencimiento), la cual se clasifica en:
Se denomina autoridad de línea la que detenta un mando para dirigir el trabajo de un subordinado. Es la relación directa de superior-subordinado que se extiende de la cima de la organización hasta el escalafón más bajo, y se le denomina "cadena de mando".
Es la autoridad que tendría un administrador sobre todos los empleados del mismo. Esta autoridad complementa la de línea y la de personal. Es una forma de autoridad muy limitada, porque su uso rompe la denominada "cadena de mando".
La ejerce un jefe superior sobre otras personas o subordinados, es de dos tipos: Lineal o Funcional, según se ejerza sobre una persona o grupo, cada uno para funciones distintas.
No ejerce directamente sobre las personas, sino más bien de facultad para decidir en torno a determinadas acciones, autoridad para comprar, para lanzar una venta, para lanzar un producto, etc. Este tipo de autoridad se ejerce en actos y no personas
En España, la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal define en su artículo 24 el concepto de autoridad a efectos penales.
1. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso, tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Se reputará también autoridad a los funcionarios del Ministerio Fiscal.
2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.
Es una entidad de confianza, responsable de emitir y revocar certificados digitales o certificados electrónicos, utilizados en la firma electrónica, para lo cual se emplea la criptografía de clave pública.
Se puede definir la autoridad en una empresa como "la facultad de mandar y la obligación correlativa de ser obedecido por otros". Una definición más completa sería "la facultad para tomar decisiones que produzcan efectos". La autoridad se define como una potestad o facultad para realizar algo.
Cuando hablamos de estos dos factores PA(page autorithy) o DA(Domain autorithy), estamos respondiendo a la autoridad que tienen una página o el nombre de la misma respecto al resto de páginas web en internet.
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