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Boletín Oficial de la Región de Murcia



El Boletín Oficial de la Región de Murcia es el diario oficial de la Región y en él se insertan todas las Leyes, Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Comunicaciones y demás actuaciones de la Comunidad Autónoma que precisen tal publicación. Además recoge cualquier disposición, comunicación o información de otras Administraciones Públicas o de particulares, cuando su publicación en el mismo sea exigida por precepto legal o reglamentario.

La Constitución española de 1978 dispone en el artículo 9.3 que «La Constitución garantiza… la publicidad de las normas».

El Organismo Autónomo Imprenta Regional de Murcia fue el primer Organismo Autónomo creado en la Región. Su ley de creación, la Ley 3/1985, de 10 de julio, pionera en este campo, pretendía hacer frente a “las nuevas necesidades de la Administración Regional” y “la adaptación a nuevos procesos tecnológicos”, como recoge su exposición de motivos. Dicha Ley, al regular las funciones de la Imprenta Regional, encuadra la edición, distribución y venta del Boletín Oficial de la Región de Murcia como una más de sus actividades.

El tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley 3/1985, de 10 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo Imprenta Regional de Murcia, unido a la importante función, obligatoria y esencial en la ordenación de las relaciones jurídicas de la Comunidad, que actualmente cumple el Boletín Oficial de la Región de Murcia como Diario Oficial de la Región, demandan para su mejor cumplimiento, una nueva regulación del mismo.

La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, establece un nuevo modelo de organización para la administración institucional regional, modelo al que deben adaptarse los organismos públicos existentes.

En la actualidad, el uso de las nuevas redes electrónicas, especialmente la red Internet, permiten una mayor difusión y acceso a la información por parte de los ciudadanos. Sin embargo, el inicio de la edición electrónica del Boletín no supone la desaparición de la edición impresa, que se mantiene, con el mismo carácter oficial y auténtico, a efectos de conservación y permanencia del diario oficial como parte del patrimonio documental de la Administración Pública Regional, y también como medio de difusión en los supuestos en que, por motivos técnicos, no resulte posible el acceso a la edición electrónica.

En el Boletín Oficial de la Región de Murcia se publican:

Los ejemplares del Boletín Oficial de la Región de Murcia seguirán la siguiente estructura:

I. Comunidad autónoma

II. Administración del Estado

III. Administración de justicia

IV. Administración local

V. Otras disposiciones y anuncios

La información se organizará bajo los siguientes criterios:



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