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Cámara de Representantes de Colombia



Gobierno (83)   32   CD   25   PSUN   21   PCC    2    OC    1    ADA    1    CJL    1    MIRA

Independientes (66)   35   PLC   30   CR    1    Colombia Renaciente

Oposición (22)    9    AV    5    Comunes    3    Decentes    2    MAIS    2    PDA    1    CAS

No reglamentado (1)

La Cámara de Representantes es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia, forma parte de la rama legislativa. La Cámara es un cuerpo colegiado de representación directa que es elegido por votación popular cada cuatro años.

La composición y poderes de la Cámara de Representantes se encuentran estipulados en el Título VI de la Constitución Política de Colombia y en la Ley 5 de 1992. Actualmente la Cámara de Representantes está compuesta por 166 miembros: 161 representantes elegidos en circunscripción territorial, por cada departamento y el Distrito Capital; cuatro a través de circunscripciones especial, dos para las comunidades afrodescendientes, uno para los indígenas y una para los colombianos residentes en el exterior (antes de 2018 eran dos, uno de los cuales fue reemplazado por un asiento para la comunidad raizal, el cual no se ha elegido por falta de reglamentación); y un representante adicional que corresponde al candidato a la vicepresidencia de la fórmula que haya ocupado el segundo lugar en las elecciones presidenciales. Además, y en concordancia con lo pactado en el acuerdo de paz con las FARC, a ese grupo le fueron otorgados 5 asientos para los periodos legislativos 2018-2022 y 2022-2026.[2]

Al igual que el Senado, la Cámara de Representantes cumple una función constituyente, una función legislativa, una función electoral, una función judicial, de protocolo y de control político dentro de la rama legislativa.[3]

El Congreso de la República de Colombia divide su trabajo legislativo en dos fases, la primera se desarrolla en comisiones especializadas por temas y la segunda en las plenarias donde se aprueban, modifican o rechazan las iniciativas trabajadas en las comisiones, las Comisiones Constitucionales Permanentes son comunes para ambas cámaras del Congreso. Existen cuatro tipos de comisiones: las constitucionales permanentes, las legales, las especiales y las accidentales.

En la Comisión Primera, se tratan los temas referentes a: Reforma constitucional, organización territorial, reglamentos de los organismos de control, normas generales sobre contratación administrativa, de los derechos, garantías y deberes, rama legislativa, políticas para la paz, asuntos étnicos. La Comisión Primera está compuesta por 19 miembros en el Senado y 35 en la Cámara de Representantes.[7]

En la Comisión Segunda se tratan los temas referentes a: Política internacional, defensa nacional y fuerza pública, comercio exterior e integración económica, fronteras, extranjeros, monumentos públicos. La Comisión Segunda está compuesta por 13 miembros en el Senado y 19 miembros en la Cámara de Representantes.[8]

En la Comisión Tercera se tratan los temas referentes a: Hacienda y crédito público, impuestos, regulación económica y Planeación Nacional. La Comisión Tercera está compuesta por 15 miembros del Senado y 29 miembros en la Cámara de Representantes.[9]

En la Comisión Cuarta se tratan los temas referentes a:Leyes orgánicas de presupuesto, control fiscal, patentes y marcas, organización de establecimientos públicos nacionales, control de calidad y precios y contratación administrativa. La Comisión Cuarta está compuesta por 15 miembros en el Senado y 27 miembros en la Cámara de Representantes.[8]

En la Comisión Quinta se tratan los temas referentes a: Régimen agropecuario, ecología y medio ambiente, corporaciones autónomas regionales. La Comisión Quinta está compuesta por 13 miembros en el Senado y 19 miembros en la Cámara de Representantes.[10]

En la Comisión Sexta se tratan los temas referentes a: Comunicaciones, calamidades públicas, servicios públicos. Investigación científica y tecnología, transporte, turismo, educación y cultura. La Comisión Sexta está compuesta por 13 miembros en el Senado y 18 miembros en la Cámara de Representantes.[11]

En la Comisión Séptima se tratan los temas referentes a: Estatuto del servidor público, régimen salarial y prestacional del servicio público, organizaciones sindicales, seguridad social, deportes y salud, vivienda, asuntos de la mujer y la familia. La Comisión Séptima está compuesta por 14 miembros en el Senado y 19 miembros en la Cámara de Representantes.[12]

Está compuesta por 10 miembros en el Senado y 15 en la Cámara. Ésta se encarga de defender los derechos humanos, vigilar y controlar a toda autoridad encargada de velar por el respeto a los mismos y de promover las acciones pertinentes en caso de incumplimiento. Adicionalmente, tramita las observaciones que por escrito hagan llegar los ciudadanos con respecto a un proyecto de ley o de acto legislativo y hace seguimiento a los ejercicios reales y efectivos de los derechos de las mujeres en los ámbitos donde se desarrolle, sean estos privados o públicos.[13]

Está compuesta por 11 miembros en el Senado y 17 en la Cámara. Esta comisión conoce del conflicto de intereses y de las violaciones al régimen de incompatibilidades e inhabilidades de los congresistas, del comportamiento indecoroso, irregular o inmoral, que pueda afectar a alguno de los miembros del Legislativo en su gestión pública, de conformidad con el Código de ética expedido por el Congreso. Sus pronunciamientos son reservados y deben contar con la unanimidad de sus miembros.[14]

Está compuesta por cinco miembros de cada corporación elegidos para el período constitucional de cuatro (4) años. Tiene a su cargo recibir la identificación de los congresistas electos previo envío de la lista correspondiente, por parte de la autoridad electoral y revisar de los documentos que acrediten las calidades exigidas de quienes aspiran a ocupar cargos de elección del Congreso o de las Cámaras Legislativas, estos serán revisados por la Comisión dentro de los cinco (5) días siguientes a su presentación.[15]

Su función constitucional y legal es la aprobación o no de los resultados del balance general y del estado de pérdidas y ganancias de los estados financieros de la Nación.[16]

Está compuesta por 15 miembros. Está encargada de preparar proyectos de acusación cuando hubiera causas constitucionales al Presidente, a los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. Igualmente, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y al Fiscal General de la Nación.[17]

Igualmente, la Cámara y el Senado pueden conformar Comisiones Accidentales para el cumplimiento de funciones y misiones específicas. Entre ellas están las que requieren el desplazamiento de congresistas al exterior y las de mediación, cuyo objeto primordial es lograr la conciliación de textos y/o artículos divergentes que se presenten en los proyectos aprobados.[18]

Según las disposiciones de la Constitución Política de Colombia los requisitos legales para ser Representante a la Cámara de la República de Colombia son: ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de las elecciones cuando se aspira a esta corporación.

Las 172 curules de representantes de la Cámara se distribuyen por departamento de la siguiente manera:

La mesa directiva está conformada por un presidente y dos vicepresidentes elegidos para un periodo anual que debe iniciar y terminar el 20 de julio. Sus actuales dignatarios son:[20]




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