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Cámara de Senadores de Entre Ríos



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La Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Entre Ríos es la Cámara Alta del Poder Legislativo provincial, compuesta por 17 bancas que representan a cada uno de los departamentos en los que se divide la provincia.

La presidencia del Senado se encuentra a cargo de la vicegobernación desde donde se preside las sesiones, aunque esta figura no participa de los debates ni tiene derecho a voto; salvo en caso de empate. A su vez la presidencia se encuentra secundada por una vicepresidencia 1º y una vicepresidencia 2º. Además asisten a esta mesa directiva una figura de secretario y prosecretario que no son legisladores, pero cumplen funciones parlamentarias, administrativas y de coordinación.

Los cargos del Senado son electos a pluralidad de sufragios, duran en sus cargos el término de cuatro años y son reelegibles.

Además de participar en la formulación y sanción de las leyes, el Senado tiene poderes exclusivos que no se le conceden a la Cámara de Diputados. Entre ellos está juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y prestar o negar acuerdo al Poder Ejecutivo, para el nombramiento de los miembros del Superior Tribunal de Justicia; los titulares de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa; restantes magistrados y funcionarios del Poder Judicial; fiscal de Estado; Contador General de la Provincia, Tesorero General de la Provincia; miembros del Tribunal de Cuentas; dirección del Consejo General de Educación; vocales del Consejo General de Educación y demás funcionarios para los cuales la ley establezca esta forma de nombramiento.[2]

Para que una persona pueda ocupar un cargo en el Senado provincial de Entre Ríos, debe cumplir una serie de requisitos:

- Debe haber cumplido la edad de treinta años

- Tener seis años de ciudadanía en ejercicio

- Ser natural del departamento que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en él [3]

Es un cargo incompatible con posibles empleos en el Poder Ejecutivo nacional, de la Provincia o de las municipalidades (con excepción del profesorado nacional y de las comisiones honorarias eventuales); con todo otro cargo de carácter electivo nacional, provincial, municipal o de otra provincia; y con el de funcionario o empleado dependiente de una empresa particular que tenga relaciones permanentes con los poderes públicos de la Provincia.[4]

El mandato de los Senadores es desde el 10 de diciembre de 2019 al 10 de diciembre de 2023.



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