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Censo electoral



El censo electoral o padrón electoral es el documento o papel donde constan el conjunto de personas físicas y jurídicas a las que la legislación de cada país o las normas de una institución, reconocen el derecho al sufragio activo para elegir a sus representantes, bien en una institución política, bien en una entidad privada o pública

De manera general y común, el término se emplea para fijar las personas físicas que tienen derecho a participar en un proceso electoral concreto de contenido político y que no se encuentren privados de dicho derecho. A modo de ejemplo, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General en España señala que "el censo electoral contiene la inscripción de quienes reúnen los requisitos para ser elector y no se hallen privados, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio". Así, en términos jurídico-constitucionales, el censo electoral reúne las siguientes características:

A nivel de entidades públicas y privadas, asociaciones y empresas, los censos electorales son instrumentos que permiten recoger las personas físicas o jurídicas a las que se reconoce el derecho al voto en los procesos electivos propios. Así, los censos electorales de trabajadores por cuenta ajena en las empresas sirven para el desarrollo de las elecciones sindicales; los de las asambleas de socios de empresas, fijan quienes tienen derecho a voto en la elección de los miembros de los consejos de administración u órganos directivos; los de las entidades o asociaciones permiten la elección de los miembros representantes de los mismos, etcétera. En estos casos, y en función del carácter más o menos público de la representación que ostentan los elegidos, la legislación de cada país establece normas precisas. Así, es común que el derecho mercantil regule las condiciones de elaboración de los censos electorales de los accionistas de las empresas; que la legislación laboral y sindical regule los censos en las elecciones sindicales o las normas jurídicas determinen los procesoso de elaboración de los censos electorales de las entidades o asociaciones privadas a las que la legislación o los textos constitucionales reconocen determinadas funciones públicas o representación (Cámaras de Comercio, partidos políticos, ...) para garantizar su correcto funcionamiento.



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