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Clérigo secular



Clero es el nombre colectivo que engloba de forma general a los que han sido ordenados en el servicio religioso: obispos, presbíteros y diáconos. El nombre individual es clérigo.

Pertenecientes a la Iglesia católica y a la Iglesia ortodoxa, el clero generalmente se dedica a los diversos aspectos del ritual religioso, o liturgia, la enseñanza o la predicación, y la administración de los sacramentos. A menudo se ocupan de los grandes acontecimientos de la vida mediante rituales con signos como los nacimientos, el bautismo, la confirmación, el matrimonio, o la muerte como paso hacia la vida eterna. El clero de la mayor parte de religiones actúa dentro y en ocasiones fuera de los lugares de culto, y se les puede encontrar realizando su labor en hospitales, escuelas, misiones, e incluso en el ejército (clero castrense).

Hay una diferencia importante entre el clero y los teólogos. Los primeros se ocupan de la práctica del culto, mientras que los teólogos son los estudiosos de la religión y la teología, y no son necesariamente clérigos.

El clero está protegido por leyes especiales en muchos países (fuero eclesiástico) y en muchos casos, financiado (o cofinanciado) por el Estado, aunque generalmente sus recursos provienen en su mayoría de las donaciones de sus fieles. La confesionalidad del estado o la total separación Iglesia-Estado pueden tener muy distintas situaciones intermedias.

En el catolicismo el clero incluye religiosos de diverso tipo, desde el sacerdote de una pequeña parroquia, al obispo de una diócesis, hasta el monje de una abadía, o a la alta jerarquía de la Iglesia de Roma. Cualquiera que reciba las órdenes sagradas del sacerdocio o diaconado, por tanto los religiosos no ordenados no forman parte del clero pero sí de la Iglesia al igual que todos los bautizados. Debido a esto las religiosas no forman parte del clero, porque tanto en la Iglesia católica como en la Ortodoxa, y en las demás iglesias orientales, no existe el sacerdocio femenino. En la Iglesia Anglicana está admitido el sacerdocio femenino, pero rehúsan el término clérigo prefiriendo el de pastor o "pastora".

El alto clero (Arzobispos, Obispos, Cardenales, Abades y Canónigos) detentaba en el Antiguo Régimen la condición de estamento privilegiado. Dado que lo compartía con la nobleza pero era reconocido, teórica y tradicionalmente, como el primero en rango y honor, constituía el llamado primer estado (y de ahí la nobleza era el segundo estado).

En el catolicismo la diferencia esencial dentro del clero se establece entre el clero regular y el clero secular. Esta división se mantiene tanto en el clero católico como el ortodoxo. En la Reforma protestante en las denominaciones históricas se mantiene el clero regular, a pesar de que se estableció el sacerdocio universal, dejando en claro que la misma existencia de un clero como clase diferente del resto de los fieles dejó de tener sentido en alguna de las Iglesias reformadas, aunque en otras se mantuvo con una clara jerarquía, como en las luteranas y en la Comunión anglicana. En esta última confesión, a pesar de considerarse protestante, también existe clero regular.[1]

La oposición terminológica entre los ámbitos religioso (vida consagrada) y clerical (órdenes sagradas) se da entre dos términos que tienen una gran parte del campo semántico en común, en el uso habitual y en literatura. Todavía más confusión o equivocidad tendría la terna clérigo/eclesiástico/religioso. La distinción entre los tria genera hominu: praelati, continentes y conjugati (clero secular, clero regular -o vida consagrada- y laicos) se venía explicitando desde la Antigüedad Tardía y los primeros siglos medievales, por autores como San Agustín y San Gregorio Magno.[2]

Es el que vive "en el siglo", es decir, dentro del pueblo sometido a sus leyes humanas, y administra los sacramentos. También se le llama diocesano (derivado de 'diócesis'). Su organización jerárquica parte del papa -de los patriarcas en la Iglesia ortodoxa-, continúa con los obispos, presbíteros y diáconos. No forman parte del clero lo que antiguamente se llamaban órdenes menores, hoy día extintas, como el ostiario. A pesar de que se llame cura al presbítero en general, solamente son curas los que tienen a su cargo la cura de almas, es decir, los que tienen nombramiento como párrocos en una determinada parroquia, aunque hoy día se aplique a cualquier presbítero en general. Asimismo, el término sacerdote no se aplica solamente al presbítero sino también al obispo. Sin embargo, a pesar de no tener que ver con la condición de clérigo ni con el orden sacerdotal, existen otros títulos que se aplican sobre el clero (en sus tres órdenes), como el de arcipreste, canónigo, magistral, capellán, prelado, cardenal, vicario, beneficiario, arzobispo, exorcista, entre otros muchos.

El celibato eclesiástico del clero secular, que no existió durante los primeros siglos del cristianismo y que no se aplica en la iglesia ortodoxa ni en algunos ritos orientales de obediencia católica (o a título individual por algunos casos en la iglesia católica de rito occidental), es uno de los temas más controvertidos en la actualidad (movimiento por el celibato opcional), así como la ordenación de las mujeres o de los homosexuales en algunas iglesias reformadas. No hay que confundir el celibato con el voto de castidad del clero regular.

San Juan María Vianney, el santo cura de Ars fue designado como patrono del clero secular por Pío XI en 1925.[3]

Es el que sigue una regla, y no es secular porque vive fuera del siglo, es decir, fuera de la sociedad de los hombres. En su origen se iban al desierto (en las afueras de las ciudades egipcias del siglo IV y V) tanto individualmente (anacoretas o eremitas, algunas subidos a un árbol o una columna: dendritas o estilitas) como en grupos (cenobitas). Hay muchas órdenes distintas dentro del clero regular, cada una de las cuales se rigen por una norma de conducta diferente. Asimismo, las órdenes se dividen en mendicantes y contemplativas. Los primeros viven en conventos urbanos, y predican el evangelio mediante la enseñanza y, en ocasiones, las obras. Los segundos se recluyen en monasterios rurales, y dedican su vida al estudio de la Biblia y autores canónicos. Los miembros del clero regular son habitualmente denominados religiosos. Propiamente son clérigos solo si han recibido las órdenes sagradas, cosa que no se extiende a la mayor parte de sus miembros, a excepción de algunas órdenes (por ejemplo, los canónigos regulares como los premostratenses), y está excluida por principio en las órdenes y congregaciones femeninas (implicaría el sacerdocio femenino). A pesar de ello, se utiliza en ocasiones la expresión clero femenino y clero regular femenino, incluso en la bibliografía especializada, y es de uso común en historiografía.[4]​ El Código de Derecho Canónico establece que la vida consagrada no es ni clerical ni laical.[5]

Existen multitud de carismas o formas de vida religiosa dentro del catolicismo, habiéndose multiplicado desde el siglo XVI, en el que se solía hablar de órdenes religiosas, mientras que las fundadas a partir de entonces suelen llamarse congregaciones.

Son aquellas instituciones aprobadas por la Iglesia católica, en las cuales una parte de sus miembros, o todos, emiten votos solemnes. Se diferencian las órdenes monásticas de las mendicantes o conventuales, dependiendo si se integran (conventos) o no (monasterios) en un entorno urbano.

A diferencia de las órdenes, solamente emiten votos simples.

Lo que distingue a un religioso de un seglar son los votos monásticos, promesas con las que se pretende acceder a una vía espiritual, a la salvación a través de la renuncia de placeres terrenales. Los votos son tres: pobreza, obediencia y castidad. Pretenden imitar, en el religioso, la vida de Jesucristo, según los consejos evangélicos.

Históricamente sirvieron para implicar extraordinariamente al monje en la sociedad feudal. La identificación entre clero y nobleza como privilegiados, y el papel clave de los votos, era evidente en el momento de su supresión durante la Revolución Francesa, y se explicitó en los debates de la Asamblea (decreto del 13 de febrero de 1790).[6]​Lo mismo ocurrió en el caso español.[7]



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