El concilio de la plebe (concilia plebis) se formó tras la secessio plebis en el Monte Sacro en el 494 a. C. para reclamar su derecho a participar en la vida política de la civitas. En esta circunstancia la plebe se dio una organización: además de los concilia plebis, se crearon los tribunos de la plebe, los ediles; las deliberaciones de la plebe reunida en la asamblea convocada por el tribuno de la plebe se llamarían plebiscita (plebiscito). De estas asambleas, por supuesto, los patricios quedarían excluidos: la plebe obtuvo en este momento la posibilidad de su propia iniciativa política.
Las asambleas de los plebeyos (concilia plebis) se dividían internamente en tribus territoriales, 35 en total de las cuales 4 eran urbanas y 31 rústicas.
Eran convocada por el tribuno de la plebe, que a su vez era elegido por esta misma asamblea. Los plebiscitos, es decir, las deliberaciones de la plebe, se equiparan a las leyes desde el año 287 a. C. con la lex Hortensia. Además de las funciones electorales (elección de tribunos y ediles) y legislativas, los plebiscitos también cumplían una función judicial. El lugar donde se reúnía la asamblea es el Aventino, fuera del pomerium, la esfera sagrada de la ciudad. En lo que respecta a los asuntos jurídicos y administrativos, las fuentes informan también de que el Foro y el Capitolio eran lugares de reunión. El Campo de Marte se utilizaba para las elecciones al final de la república.
Los ciudadanos eran llamados dentro de su propia unidad a dar o negar su consentimiento a la propuesta hecha con un simple voto de sí o no. La opción del individuo se contaba con la de sus compañeros de la tribu y la mayoría de las posiciones se convertían en la de toda la unidad.
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