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Condecoraciones de España



Desde la más remota antigüedad se sintió la necesidad de honrar y premiar a las personas destacadas por su valor o por sus servicios. Ya en Egipto los faraones entregaban collares de oro de los que pendían figuras de leones o de moscas a los más bravos guerreros y también regalaban hachas de guerra con signos o inscripciones alusivas. Roma tuvo gran número de condecoraciones consistentes en adornos sobrepuestos al casco, la coraza a los arreos del caballo, brazaletes de oro o de plata, cadenas, alfileres y coronas.

Dando un salto en el tiempo nos encontramos en España con una serie de antiguas Órdenes Militares cuya misión era luchar contra el invasor musulmán. También se ingresaba en ellas como premio a hechos de armas y, finalmente, en su decadencia, como prerrogativas a distinciones meramente honoríficas. Las relacionaremos simplemente, pues, aunque tienen distintivos propios, no consideraremos que entren de lleno en el tema que estamos tratando, por encontrarse extinguidas hoy día, salvo la excepción de aquellas que la Santa Sede le sigue atribuyendo personalidad jurídica como son la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén y la Soberana Orden de Malta. Habiéndose incluido por sus características históricas propias, exigen un detallado estudio monográfico:

Los Reyes Católicos incorporaron a la corona los Maestrazgos de las Órdenes Militares, hecho que el Papa Adriano VI aprobó posteriormente en 1523. Los reyes de la Casa de Austria concedieron títulos de nobleza y hábitos de las Órdenes a personajes destacados. Sólo han perdurado posteriormente las de Calatrava, Santiago, Alcántara y Montesa; en los últimos tiempos se reconocieron la Ínclita Orden de San Juan de Jerusalén, o de Malta, la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén y, finalmente, la Real y Militar Orden de Nuestra Señora de la Merced (en virtud del Real Decreto de 6 de febrero de 1928).

Distinciones militares internacionales

Otras recompensas militares

Distinciones militares abolidas

Internacionales abolidas

Inmediatamente por debajo de las Grandezas y Títulos del Reino, las reales órdenes y condecoraciones concedidas por las diferentes Administraciones Públicas constituyen el otro gran subgrupo normativo que integra el Derecho Premial español. Hay en la actualidad cuarenta y seis órdenes y condecoraciones civiles dependientes de la Administración General del Estado, a las que hay que añadir las creadas por otras administraciones territoriales, autonómicas y locales, una cantidad que no se justifica en modo alguno y que no resiste la comparación con el total de órdenes, condecoraciones y medallas existentes en algunas de las principales naciones de nuestro entorno.

El profesor García-Mercadal ha denunciado “la falta de una visión panorámica en las concesiones de las reales órdenes y condecoraciones civiles, debido a la ausencia de un único organismo que armonice las diferentes propuestas ministeriales y que se constituya en referente de toda la actividad premial del Estado, como es el caso de la Gran Cancillería de la Legión de Honor en Francia o de la Cancillería Central de las Órdenes de Caballería en el Reino Unido. Al no existir memoria administrativa alguna que recuerde, tramite y haga un seguimiento de las diferentes candidatos, méritos y concesiones, resulta bastante habitual que se otorguen distinciones muy dispares para iguales circunstancias y merecimientos y que los diferentes grados o categorías de las reales órdenes y condecoraciones civiles se asignen según criterios mostrencos que no aprueban el más elemental test de razonabilidad. En algún caso, la falta de transparencia en la acreditación de los méritos de los premiados ha merecido el reproche de los tribunales[7]​.



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