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Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña



El Consejo de Garantías Estatutarias es la más alta institución jurídico-consultiva de la Generalidad de Cataluña. De acuerdo con el Estatuto de autonomía (art. 76),[1]​ le corresponde velar por que las leyes del Parlamento y las normas con fuerza de ley del Gobierno de Cataluña se adecuen al Estatuto y a la Constitución. Asimismo, ha de dictaminar, con carácter previo y preceptivo, la leyes y normas que las instituciones de la Generalidad y las locales pretendan recurrir ante el Tribunal Constitucional mediante los recursos de inconstitucionalidad, los conflictos de competencia y los conflictos en defensa de la autonomía local. El Consejo ejerce su función mediante la emisión de dictámenes jurídicos preceptivos y no vinculantes, a solicitud del Parlamento, el Gobierno catalán, el Síndic de Greuges[2]​ o las instituciones locales.También desarrolla un papel de especial tutela de los derechos estatutarios, en los términos del artículo 38.1 del Estatuto. El Consejo dispone de autonomía orgánica, funcional y presupuestaria, como garantía de su independencia.

El Consejo de Garantías Estatutarias se constituyó el 24 de noviembre de 2009 y sucede, con funciones más amplias, al extinto Consejo Consultivo (1980-2009).[3]

De acuerdo con lo establecido por el artículo 76 del Estatuto y el artículo 16 de la Ley 2/2009,[4]​ el Consejo de Garantías Estatutarias dictamina sobre:

Asimismo, dictamina previamente a la presentación del correspondiente procedimiento ante el Tribunal Constitucional, con relación a:

El Consejo de Garantías Estatutarias está integrado por nueve miembros, que han de ser juristas de competencia y prestigio reconocidos, con más de quince años de experiencia profesional, y ostentar la condición política de catalanes. Todos ellos actúan con imparcialidad y son inamovibles por razón del ejercicio de su cargo. Su mandato es por un período de nueve años, y no pueden ser reelegidos.

Su nombramiento corresponde al presidente o presidenta de la Generalidad mediante una doble vía de designación: seis elegidos a propuesta del Parlamento, acordada por mayoría de tres quintas partes de los diputados o diputadas del Pleno, y los tres restantes a propuesta del Gobierno de Cataluña. Uno de los tres miembros designados por este último lo es de entre una terna propuesta por el Consejo de Gobiernos Locales.

COMPOSICIÓN ACTUAL

Hble. Sr. Joan Egea Fernàndez, presidente (2009- )

Hble. Sr. Pere Jover i Presa, vicepresidente (2009- )

Iltre. Sr. Jaume Vernet i Llobet, consejero (2009- )

Iltre. Sr. Àlex Bas i Vilafranca, consejero secretario (2009- )

Iltre. Sr. Francesc de Paula Caminal i Badia, consejero (2013- )

Iltre. Sr. Carles Jaume i Fernández, consejero (2013- )

Iltre. Sra. Margarida Gil i Domènech, consejera (2017- )

Iltre. Sr. Joan Vintró i Castells, consejero (2019- )

COMPOSICIÓN HISTÓRICA

Iltre. Sr. Julio Añoveros Trias de Bes (23/11/2009-08/05/2012)

Iltre. Sra. Antonia Agulló Agüero (23/11/2009-21/03/2013)

Iltre. Sr. Enric Fossas Espadaler (23/11/2009-21/03/2013)

Hble. Sr. Eliseo Aja (23/11/2009-07/07/2017)

Iltre. Sr. Joan Ridao Martín (20/03/2013-30/12/2016)

Iltre. Sr. Marc Carrillo, consejero (23/11/2009 - 01/08/2019)



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