La Constitución de la República Federativa del Brasil fue promulgada el 5 de octubre de 1988. En ella se establece que Brasil es un Estado democrático de derecho y de estructura Federal.
En 1993, según lo determinado por el texto constitucional, se llevó a cabo un plebiscito para que el pueblo determinase, por un lado, la forma de gobierno, eligiendo entre monarquía y república, y, por otro, el sistema de gobierno, presidencialista o parlamentario. El resultado fue continuar con la forma en vigor: un régimen republicano de sistema presidencialista, junto con la división tripartita de poderes.
La República Federativa del Brasil está compuesta de 26 estados federados y el Distrito Federal.
La Constitución Federal de 1988 es criticada en la doctrina por ser muy extensa, prolija y analítica. Esta característica obligó a que la Constitución se modificara varias veces, en procesos políticamente costosos, para adaptarse a los cambios de la sociedad.
Otra crítica es que la Constitución Federal de 1988 reproduce un modelo de capitalismo de Estado, ampliando los monopolios y regulaciones estatales, que permitió al Estado brasileño, en 2017, tener participaciones en más de 650 empresas, involucradas en un tercio del PIB nacional. Este modelo también generó restricciones para el desempeño de las empresas extranjeras en varios campos con consecuencias nefastas para el crecimiento del país. En opinión de algunos estudiosos, este modelo económico favorece el patrimonialismo y la corrupción.
Desde la aprobación de la Constitución Federal de 1988, la tasa de homicidios ha crecido un 124 % en Brasil y más de un millón de personas han sido asesinadas. Mientras que en la década de 1980 se registraron 11,7 homicidios por cada 100 mil habitantes, en 2010 la tasa llegó a 26,2, un aumento promedio de 2,7 % anual.
Una parte de la doctrina ha culpado a la Constitución. Raúl Jungmann criticó el hecho de que la Constitución otorgue a los estados la responsabilidad de la seguridad pública, dejando a la Unión con solo un papel residual. Esto habría permitido el crecimiento de facciones como el Primeiro Comando da Capital y el Comando Vermelho. En opinión de Alexandre de Moraes, Brasil confundió el respeto a la dignidad de la persona humana con la indulgencia hacia los líderes criminales.
La Constitución también se encarga de dejar un sistema procesal lento. Brasil tiene el 30.º poder judicial más lento entre 133 países, según el Banco Mundial. Esto ha provocado que el poder judicial utilice las detenciones provisionales como anticipo de la sentencia. En 2015, más del 40 % de los presos en Brasil eran provisionales.
Esto ha hecho que el poder judicial utilice las prisiones provisionales como anticipo de la sentencia. Un estudio del Banco Mundial criticó la Constitución Federal de 1988 por extender los privilegios de los funcionarios públicos, agravando la desigualdad de ingresos en Brasil. [59] La remuneración y la jubilación son desproporcionadamente altas según los estudios. En 2015, el déficit del gobierno federal con la jubilación de aproximadamente 1 millón de empleados del gobierno fue mayor que el total registrado con 33 millones de pensionados privados. Para el Banco Mundial, los funcionarios públicos se encuentran entre la quinta parte más rica de la población brasileña. Para Roberto Brant, la Constitución Federal fue capturada por grupos de funcionarios públicos en 1988. El filósofo Fernando Schüler sostiene que Brasil fue a contracorriente en la década de 1980: “Mientras el mundo intentaba ajustar el Estado a la globalización y modernizar la gestión pública, Brasil apostó por un estado superburocrático en la Constitución de 1988. Ofrecemos rígida estabilidad en el empleo de los funcionarios, mezclamos carreras de Estado con carreras comunes del servicio público, creamos la ley de licitaciones, echamos los presupuestos y eliminamos cualquier espacio para la meritocracia en el ámbito público”. Para el jurista Modesto Carvalhosa, solo una nueva constitución “principiológica” acabaría con los privilegios de la Constitución de 1988.
La Constitución Federal de 1988 también es criticada por haber adoptado uno de los Foros Especiales más amplios debido a la prerrogativa de función en el mundo, los juristas entienden que esta extensión fomenta la corrupción. Una cuarta parte de las acciones con Foro Privilegiado tardan más de diez años en ser juzgadas. El Tribunal Supremo Federal tarda 1300 días en juzgar las acciones penales de las personas con jurisdicción privilegiada. Entre 2001 y 2017, expiraron 200 acciones relacionadas con el Foro Privilegiado.
También se critica el requisito de tránsito inapelable para la ejecución de la condena. Para el juez Sérgio Moro, esperar el juicio final contribuirá a la impunidad. Según el ministro Teori Zavascki tras confirmar una segunda sentencia, ya no se podía hablar del principio de no culpabilidad, ya que “los recursos excepcionales, para los tribunales de superposición, no cuentan con la capacidad de revisar hechos y pruebas”. En las Naciones Unidas, 193 de los 194 países tienen un primer o segundo arresto.
En el aspecto electoral, la Constitución adoptó el voto preceptivo. Entre las 15 economías más grandes del mundo, Brasil es el único país en el que el voto es obligatorio. Una encuesta de 2014 mostró que el voto obligatorio es rechazado por el 61 % de los brasileños. Algunos adoctrinados cuestionan si es democrático obligar a la gente a votar.
La Constitución adoptó el modelo socialdemócrata de organización del Estado, tal como lo definió el columnista del periódico O Estado de S. Paulo Luiz Sérgio Henriques. Para el profesor y abogado Marco Aurélio Marrafon, presidente de la Academia Brasileña de Derecho Constitucional, la Carta Magna brasileña de 1988 organizó el Estado según el modelo de Estado de Bienestar, en el que se pretende conciliar “el componente liberal de preservación de derechos individuales y limitación del poder estatal, con intervención económica directa y promoción de políticas públicas, con el fin de redistribuir los recursos y reducir las desigualdades sociales”. Para financiar el Estado de Bienestar fue necesario elevar la carga tributaria, que pasó del 23,4 % del PIB en 1988 al 33,6 % del PIB en 2005, y vincular los ingresos presupuestarios. Así, la Unión alcanzó el 93 % del gasto obligatorio en 2017, disminuyendo el margen de maniobra del gobierno y afectando las inversiones. Esta opción política es criticada por algunos adoctrinadores.
Las doctrinas critican un supuesto poder excesivo otorgado al Colegio de Abogados por la Constitución. El filósofo y periodista brasileño Hélio Schwartsman considera que la Constitución de 1988 otorgó “poderes desproporcionados” a los abogados “como nombrar jueces, redactar leyes, proponer acciones directas de inconstitucionalidad, definir quién puede y quién no puede ser abogado”. Roberto Campos, economista, exsenador y ministro de Planificación de Brasil en los primeros años de la dictadura militar señaló que “la OAB ha logrado la hazaña de ser mencionada tres veces” en lo que él define como la “Constitución besteirol” de 1988. Según él, “es quizás el único caso en el mundo donde un club de profesionales ha consagrado el texto constitucional”.
Otorgada el 24 de marzo de 1824 por D. Pedro I después de la disolución de la Asamblea Constituyente de 1823. Su fuente principal fue la doctrina constitucional de conservadurismo liberal francés de Benjamin Constant de Rebecque. Se proporcionan, además de los tres poderes de la doctrina clásica de Montesquieu, el Poder Moderador, creado por Benjamin Constant, atribuyendo al emperador el puesto de Jefe del Estado brasileño. Se caracterizó por el equilibrio entre los poderes constituyentes, siendo que el Poder Moderador del Emperador equilibraba los otros tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial). También introdujo el sistema de patronato, subyugando el poder de la Iglesia católica al poder del emperador. Abrió el camino para el establecimiento de un gobierno parlamentario en Brasil. En 1889, cuando fue derrumbada por un golpe de Estado que proclamó la República, la Constitución Imperial era la segunda constitución escrita más antigua del mundo todavía en vigor, sólo superada por la Constitución de los Estados Unidos, de 1787.[cita requerida]
Decretada y promulgada por el Congreso Constituyente de 1891, convocado por el gobierno provisional de la recién proclamada. Tuvo por principales fuentes de influencia las constituciones de los Estados Unidos y de Francia. Institucionalizaba el Estado Brasileño como República Federal, sobre un gobierno presidencial. Estableció el sufragio masculino universal para todos los brasileños alfabetizados mayores de 21 años de edad, con el voto descubierto.
Esta Constitución surgió a partir del marco histórico de 1777. En Portugal, tomó el trono portugués D. María y aleja a Marqués de Pombal. Al asumir el trono de Portugal, D. María marca la política llamada “del giro”, que consistía de las negociaciones (relaciones comerciales) con Inglaterra. Portugal comenzó a tener una dependencia comercial y económica en relación a Inglaterra que era la nación más rica en ese momento histórico. En 1785, D. María edita un permiso (una regla de derecho) que prohíbe la construcción de la manufactura en Brasil, para nosotros, para mantener una dependencia económica de Brasil con Portugal. En 1789 (Revolución Francesa). D. María prohíbe los maleficios de la Revolución Francesa se difundieran en Portugal y Brasil. En 1804, Napoleón edita el CC: “El contrato es ley entre las partes”. Es interesante que después de la primera guerra mundial, fue abandonado. En 1806, Napoleón edita el “bloqueo continental”. Este “bloqueo” fue la prohibición para que las naciones europeas comercialicen con Inglaterra y por lo tanto comenzó a perjudicar a Portugal. En 1807, la familia real viene de Portugal a Brasil, en 1808.
Consecuencias de la llegada de la familia real a Brasil:
En 1814, Napoleón había perdido la guerra y comenzó el “Congreso de Viena” que fue una reunión de los monarcas europeos que habían sido alejados por Napoleón. Estos monarcas crearon una “Santa Alianza”. Estos gobernantes no permitían la participación de D. Juan VI porque no estaba en el trono de Portugal, sino en una colonia, por tanto no tenía el derecho de participar en el congreso. En 1815, D. Juan VI elevó el Brasil a la categoría de Reino Unido con Portugal para poder participar del Congreso. Esto significó prácticamente la independencia. Por último, se las arregló para asistir al Congreso de Viena. En 1820, se produce en Portugal la llamada Revolución de Oporto, que tenía como líderes a grandes aristócratas y comerciantes portugueses. El objetivo de esta revolución era el regreso de D. Juan VI a Portugal y la recolonización de Brasil. Además, querían dar a Portugal una nueva constitución. Hasta la creación de esta Constitución, se aplicaba la Constitución de Cades, español, de 1820. En 1821, D. Juan VI regresa a Portugal y dejó a su hijo D. Pedro. D. Juan exige el regreso de D. Pedro a Portugal. D. Pedro en el 9 de enero de 1821 le dice al pueblo que “está”. El 7 de septiembre de 1822 fue la independencia de Brasil. En el séptimo día del mes de septiembre, D. Pedro convoca una Asamblea Nacional Constituyente y en el seno de esta se formaron dos grupos. Por un lado, el partido Portugués con los Portugueses, y por otro lado, el partido Brasileño con los representantes de Brasil. Los brasileños presentaron un proyecto de constitución que se hizo conocido como “Constitución de la mandioca”. Por el proyecto presentado, solo podían votar y ser votado quienes tenían una cierta cantidad de tierra que podría producir mandioca. Solo se tiene en cuenta la capacidad económica (la cantidad de tierra que podría producir la mandioca). La mandioca fue uno de los productos más valorados de la época, porque era la principal fuente de alimento para los esclavos. Los portugueses que vivían en el Brasil no eran propietarios de tierras. Eran comerciantes. Si se aprueba la Constitución de la Mandioca, los portugueses no tienen derecho a voto. El partido portugués que apoyó a D. Pedro I hizo destruir la Asamblea en la “noche de agonía”. Fue la detención y muerte de los brasileños que eran los constituyentes en 1823. D. Pedro I formó un grupo de 5 portugueses para elaborar la Constitución de Portugal. Fue un consejo. Fue ejecutada el 25 de marzo de 1824. Por esto fue creada la Calle 25 de marzo en São Paulo.
Constitución promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente de 1934. Desde la Revolución de 1930, Getúlio Vargas, como Jefe del Gobierno Provisional gobernó el país por decreto. Solo en 1933, después de la derrota de la Revolución Constitucional de 1932 en São Paulo, se votó la Asamblea Constituyente que redactó la Constitución de la Nueva República. Sus fuentes principales son la Constitución Alemana de Weimar y la Constitución republicana de España de 1931. Tenía como principales innovaciones la introducción del voto secreto y sufragio femenino, la creación del Tribunal del Trabajo, la definición de los derechos constitucionales del trabajador (día 8 horas, descanso semanal, vacaciones y licencia).
Constitución del Nuevo Estado Brasileño. Otorgada por el Presidente Getúlio Vargas el 10 de noviembre de 1937, el mismo día en que se implanta la dictadura del Estado Novo. Es la cuarta Constitución del Brasil. Ocurrió una centralización del poder en la figura de Getúlio Vargas. También conocido como la Constitución polaca, ya que se basa en la constitución autoritaria de Polonia.
Promulgada. Constitución de la República Populista.
La Constitución de 1946 fue promulgada el 18 de septiembre de 1946. La mesa de la Asamblea Constituyente aprobó la Constitución de los Estados Unidos del Brasil y de la Ley de las Disposiciones Constitucionales Transitorias, el 18 de septiembre de 1946, consagrando las libertades expresadas en la Constitución de 1934, que habían sido retiradas en 1937.
Semi-otorgada. Fue establecida por el Congreso, al que el Acto Institucional N.º 4 atribuyó la función de poder constituyente (inicial, ilimitado, incondicional y soberano). El Congreso Nacional, se convirtió en la Asamblea Nacional Constituyente y ya con los miembros de la oposición alejados, elaboró bajo la presión de los militares la Carta constitucional que legalizaría la dictadura militar (1964-1985).
La Constitución de 1967 recibió en 1969 la nueva redacción de una enmienda introducida por los “Ministros en el ejercicio militar de la Presidencia”. Es considerado por algunos expertos, a pesar de ser formalmente una enmienda a la Constitución de 1967, una nueva constitución para conceder carácter.
La Constitución de 1967 fue sustancialmente modificada por la Enmienda N.º 1, promulgado por la Junta militar, que llegó al poder gracias a la enfermedad de Costa e Silva en 1969. Esto intensificó la concentración del poder en el ejecutivo, dominado por el ejército y, junto con el Acto Institucional N.º 12, permite la sustitución del Presidente por una junta militar, y la prevención de la posesión de vicepresidente Pedro Aleixo, un civil .
Además de estos cambios, el Gobierno también promulgó una Ley de Seguridad Nacional, que limita severamente las libertades civiles (como parte de la lucha contra la subversión) y Ley de Prensa, que estableció la Censura Federal, que duró hasta el gobierno de José Sarney.
El Acto Institucional N.º 5 le dio al pree poder para cerrar, por un período indefinido, el Congreso, las legislaturas estatales y ayuntamientos, para suspender los derechos políticos por 10 años y poner fin a los mandatos efectivos y decretar un estado de sitio. Se estableció en la oficina del mariscal Arthur Costa e Silva. Puede no ser considerada una Constitución por haber sido concedida por los tres ministros militares en forma de enmienda constitucional durante el receso obligado del Congreso.
Formulada y promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente de 1988, formó el régimen político. Mantuvo el gobierno presidencial, asegurando que fueran elegidos por el pueblo en votación directa y secreta, el Presidente, los Gobernadores de los Estados, los alcaldes municipales y los representantes del poder legislativo así como la independencia y la armonía de los poderes constituidos. Amplió los derechos sociales y las atribuciones del poder público, cambió la división administrativa del país que pasó a tener 26 estados y un distrito federal. Se estableció un orden económico basado en la función social de la propiedad y la libre empresa, limitada por la intervención del Estado.
Otras medidas importantes de la Constitución:
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