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Constitución de la República Democrática del Congo de 2005



La Constitución de la República Democrática del Congo es la norma jurídica suprema que rige a la República Democrática del Congo. La Constitución de este Estado ha sido cambiada o reemplazada varias veces desde su promulgación por primera vez en 1960.

La República Democrática del Congo está ahora bajo el régimen de la Constitución que fue aprobada en un referéndum con el pueblo congoleño y promulgada el 18 de febrero de 2006[1]​ por el Presidente Joseph Kabila. Es la sexta Constitución de la República Democrática del Congo desde 1960.

Las nuevas subdivisiones políticas fueron llevadas por esta Constitución. El país está dividido en 25 provincias y la capital Kinsasa, esta división debe estar echa 36 meses después de la instalación oficial del Presidente electo, que se produjo el 6 de diciembre de 2006. El lema del país también viene en la constitución: "Justicia, paz y trabajo".

Crear y pertenecer a un partido político es un derecho civil y político de todos los congoleños. Los partidos políticos deben obedecer la ley de partidos políticos, respetar el orden público y operar según los "buenos modos". Los partidos reciben subsidios del gobierno para sus campañas electorales. Tener un sistema de un partido es expresamente inconstitucional.

La ciudadanía congoleña es exclusiva. Por lo tanto es imposible en teoría tener doble nacionalidad. Cualquier persona perteneciente a una etnia que viva en el actual territorio del Congo es un ciudadano congoleño.
Cualquier ciudadano congoleño que no haya perdido sus derechos políticos, en virtud de una decisión judicial, o en virtud de la ley, es un ciudadano congoleño.

Los derechos Civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y colectivos, así como los deberes de todos los ciudadanos congoleños, se definen en el artículo II de la constitución en el apartado de derechos y deberes. El artículo II establece también que la ignorancia de la ley no es una defensa válida en la corte, o en cualquier lugar.
La nueva Constitución limita el matrimonio, en el artículo 40, como el derecho a "casarse con una persona del sexo opuesto de su elección y crear una familia", por lo tanto, prohíbe el matrimonio homosexual.

En enero de 2011, se revisó la Constitución y se decidió modificar 229 de sus artículos. Algunos artículos cambiados:



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