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Constitución portuguesa de 1826



La Carta Constitucional de la Monarquía Portuguesa de 1826 fue la segunda constitución de Portugal. Se le dio el nombre de Carta Constitucional porque fue otorgada por el rey Pedro IV y no fue redactada ni votada por las Cortes electas por la nación, tal y como había sucedido con la Constitución Portuguesa de 1822.

Estuvo en vigor durante tres periodos.

Esta ha sido la Constitución portuguesa que más tiempo ha estado en vigor, 72 años, habiendo sufrido 4 revisiones designadas en Artículos adicionales.

Durante el corto reinado de ocho días de Pedro IV (26 de abril al 2 de mayo de 1826), el emperador brasileño tomó dos medidas de gran alcance político: La otorgacion de una nueva Constitución (el 26 de abril de 1826), mucho menos radical que la Constitución Portuguesa de 1822, elaborada por los representantes de la Nación e impuesta al rey, manteniendo los principios fundamentales del Liberalismo (procurando de esa forma eliminar las diferencias entre liberales y absolutistas), y la dicisión de abdicar de sus derechos al trono en su hija Maria (el día 2 de mayo, último de su reinado).

La regencia portuguesa, confiada desde la muerte de Juán VI a la hermana del rey Isabel María, se encargó de proceder a la elección de Cortes, que de inmediato juraron el nuevo texto constitucional.

Las influencias proceden de la Constitución Brasileña de 1824, la Carta otorgada francesa de 1814 y naturalmente de la Constitución Portuguesa de 1822.

Con todo la carta era mucho más moderada que la Constitución que la precedió, pues Pedro IV consideraba el excesivo radicalismo del texto de 1822 como un mal que contribuía a fragmentar la sociedad portuguesa. Así, por su naturaleza moderada, la carta representaba un compromiso entre los Liberales defensores de la Constitución de 1822 y los absolutistas partidarios del retorno a un régimen autocrático. El objetivo era evidentemente lograr la unión de todos los portugueses.

Esta medida de D. Pedro no tuvo el efecto deseado, y en vez de unir, apenas contribuyó para dividir a liberales y absolutistas, y más tarde con el triunfo definitivo del liberalismo, contribuyó a dividir entre los defensores de la constitución de 1822 y los de la carta de 1826.

Organizada en 145 artículos agrupados en 8 títulos, la Carta Constitucional tenía por princípios básicos los siguientes:

La carta reconocía la existencia de cuatro poderes políticos: el legislativo, el ejecutivo el moderador y el judicial.


El sufragio era indirecto y censitario. Los electores elegiían en asambleas parroquiales los electores de provincia, estos a su vez elegían a los representantes de la nación, pudiendo ser elegidos aquellos que tuviesen un cierto nivel de riqueza (100.000 reis para los electores, 400.000 para los diputados. La primera revisión constitucional (Acto adicional de 1852), estableció la elección directa de los diputados, pero mantuvo el sufragio censitario, con los mismos valores de renta.



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