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Dirección General de Asuntos Consulares



La Dirección General de Asuntos Consulares, oficialmente Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, es el órgano directivo de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España al que le corresponde la impulso, la coordinación y la supervisión de todas las actuaciones de las oficinas consulares españolas en la gestión de los servicios de la Administración General del Estado que se prestan en el exterior.[1]

Le compete, asimismo, la propuesta, elaboración y aplicación de la política en materia de protección y asistencia a las personas de nacionalidad española en el extranjero, así como en materia de asilo, en la esfera de actuación del Ministerio de Asuntos Exteriores y sin perjuicio de las competencias atribuidas en estas materias a otros Departamentos, con los que la Dirección General mantiene la necesaria coordinación.[1]

También asume directamente la gestión de emergencias y situaciones de crisis que afecten a la ciudadanía española en el exterior.[1]

A pesar del aislamiento del régimen franquista y gracias sobre todo a la Guerra Fría, a mediados del siglo XX España empezó a tener un papel más relevante en el ámbito internacional y fue en este entonces cuando se empezaron a restablecer las relaciones internacionales. Ante esto, la creciente presencia consular española y la separación de las competencias consulares en diferentes órganos del Departamento imposibilitaba la coordinación de la política consular, haciendo que en 1949 se crease la Dirección General de Asuntos Consulares.[2]

Esta dirección, dirigida a unificar y facilitar los trámites privados y administrativos que realizaban los consulados se estructuró en cuatro secciones: de Sucesiones, de Extradiciones, Exhortos y Comisiones rogatorias, de Estado Civil, Nacionalizaciones y Servicio militar, y de Legalizaciones, Paraderos, Pensiones y Traslados de cadáveres.[2]

La reforma de 1968 la estructuró mediante cinco secciones, si bien cambiando sus denominaciones y competencias a: Dirección de Asuntos Jurídicos Consulares, Dirección de Emigración y Asuntos Sociales, Dirección de Acción Consular, Dirección de Pasaportes, Servicio Militar y Sanidad, y la Dirección de Asuntos Consulares.[3]​ Dos años más tarde, la dirección de asuntos jurídicos consulares pasó a denominarse subdirección de Asuntos Jurídicos Consulares, la dirección de pasaportes, servicio militar y sanidad se denominó únicamente «de Pasaportes», pasando el resto de sus funciones a la Dirección de Acción Consular y se sustituyó la dirección de asuntos consulares por la dirección de Asuntos Generales.[4]

Sufrió una importante reforma en 1976, conservando la dirección de Asuntos Consulares y pasando a tener dos subdirecciones generales:[5]

La primera era la Subdirección de Asuntos Consulares, que de la que dependían las direcciones de Asuntos Jurídicos y Consulares que se encargaba de los asuntos judiciales y de sucesiones, registrales y notariales y de las legalizaciones; de Acción Consular que se encargaba de la protección y sanidad, de los asuntos militares y de la navegación. Asimismo poseía una sección de pasaportes e inmigración.

La segunda era la Subdirección General de Emigración y Seguridad Social, compuesta de dos secciones, una de Emigración que se encargaba de la asistencia a los ciudadanos españoles en el extranjero, y la sección de Seguridad Social para los servicios de la seguridad social a los españoles en el extranjero y para las repatriaciones.

En plena transición democrática, la dirección general adquirió una nueva subdirección general llamada «de Política Convencional y Organismos Internacionales» que se encargaba de los convenios bilaterales y de coordinar la acción consular en relación con las organizaciones internacionales.[6]​ Consolidada la transición y tras el primer cambio de gobierno democrático, el nuevo gobierno socialista continuó expandiendo esta dirección general incluyendo una nueva subdirección general para asuntos de Extranjería, Refugiados y Pasaportes.[7]

Tras casi medio siglo con la misma denominación, el nuevo gobierno popular salido de las elecciones generales de 1996 modificó por primera vez esta, pasando a denominarse Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares y poseía cinco subdirecciones; «de Asuntos Consulares», «de Asuntos Jurídicos», «de Asuntos de Justicia e Interior», «de Asuntos Sociales» y «de Asuntos de Extranjería». En la segunda legislatura del gobierno popular volvió a cambiarse la denominación a Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de los Españoles en el Extranjero estructurada en las subdirecciones generales «de Protección de los Españoles en el Extranjero», «de Asuntos Jurídicos Consulares», «de Asuntos Sociales», «de Asuntos de Extranjería» y «de Asuntos de Justicia e Interior.[8]

De nuevo, con el cambio de gobierno de 2004 la denominación volvería a cambiar a Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares, si bien se redujo su tamaño conservando cuatro de las cinco subdirecciones generales —salvo la de Justicia e Interior— y poseyendo asimismo una «División de Asuntos Schengen».[9]​ Esta estructura la mantuvo hasta 2010, cuando se volvió a modificar su denominación a Dirección General de Asuntos Consulares y Migratorios y conservando las subdirecciones generales «de Asuntos Jurídicos Consulares» y «de Asuntos de Extranjería» y creándose las subdirecciones generales de «de Protección y Asistencia Consular» y «de Asuntos Migratorios». También conservó la división de asuntos Schengen.[10]

En 2012 se modificó su denominación a Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y Migratorios, conservando la misma estructura hasta 2018 cuando perdió las competencias migratorias tras asumir dichas competencias la nueva Oficina de Asuntos Migratorios del Ministerio.[11]

De la Dirección General dependen los siguientes órganos a través de los cuales ejerce sus competencias:[1]

(1) Director General de Asuntos Consulares.
(2) Director General de Asuntos Jurídicos y Consulares.
(3) Director General de Asuntos Consulares y Protección de los Españoles en el Extranjero.
(4) Director General de Asuntos y Asistencia Consulares.
(5) Director General de Asuntos Consulares y Migratorios.
(6) Director General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios.
(7) Director General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.



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