Una Empresa de trabajo temporal (ETT) es una empresa que sirve de intermediario para procurar un empleo a un trabajador o, paralelamente, un trabajador a un empleador. Su regulación legal surge a raíz de la normativa establecida en el convenio 96 de la Organización Internacional del Trabajo aprobado en 1933 y modificado en 1949, a medida que los diferentes países lo han ido adoptando se han creado las legislaciones nacionales correspondientes. El concepto de empresa de trabajo temporal se denominó en principio en dicho convenio como «agencia retribuida de colocación», y definía a «toda persona, sociedad, institución, oficina u otra organización» que sirviera de intermediario.
Las empresas de trabajo temporal, necesitan para que sus actividades sean legales cumplir una serie de requisitos y una autorización administrativa concedida por las autoridades correspondientes así como someterse a inspecciones y auditorías periódicas.
En España la legislación que regula las empresas de trabajo temporal está basada en la Ley 14 1994 por la que se regulan las empresas de trabajo temporal y Reales Decretos y Convenios que se han desarrollado posteriormente.
La Ley 14/1994 establece toda la normativa que existe en las relaciones de las empresa y de los trabajadores siendo las más significativas las que se refieren a los tipos de contratos que se realizan y las remuneraciones salariales correspondientes:
A fecha de 2002,[actualizar] hay 323 ETT y generan cerca del 0,8% del empleo, la mitad de la media de la Unión Europea, y en su mayor parte relacionado con el sector servicios. De los contratos firmados a través de ellas el 43% corresponde a menores de 24 años.
Las ETT son criticadas por las organizaciones sindicales de ser uno de los principales focos de precariedad laboral.
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