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Eutanasia en España



La eutanasia en España será legal a partir del 25 de junio de 2021, cuando entrará en vigor la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia,[1]​ tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tras ser aprobada por las Cortes Generales el 18 de marzo de 2021.[2]​ Dicha ley despenaliza la ayuda médica para morir y detalla quién, cuándo y con qué requisitos podrá prestarse.[3]​ De esta forma España se convertirá en el sexto estado del mundo en reconocer el derecho a la eutanasia.[4][5]

En 1984 se fundó la federación española Derecho a Morir Dignamente bajo el nombre Asociación Derecho a Morir Dignamente - DMD. El 13 de diciembre de 1984 se inscribió en el Ministerio del Interior la asociación DMD con el número 57889, legalizando un movimiento ciudadano de respeto a la libertad del individuo al final de su vida.[6]​ Esta asociación considera a Carlos Gómez como el pionero de la lucha en España para el reconocimiento de la eutanasia. Gómez, un santanderino con leucemia, publicó ese mismo año de 1984 una tribuna de opinión en el diario El País titulada Osar morir da la vida. En ella decía: «No cabe duda ya de que ha comenzado a resquebrajarse un tabú social tanto más represor que el que funcionó sobre el sexo. Me refiero al tabú de la muerte, o mejor, de la forma de morir». Carlos Gómez murió al año siguiente sin que se hubiera hecho caso a su testamento vital.[7]

En 1986, la Ley General de Sanidad aprobada ese año permitió a los pacientes rechazar un tratamiento solicitando el alta voluntaria.[8]

El caso de Ramón Sampedro, que tuvo una enorme repercusión, fue el que llevó al primer plano de la actualidad la cuestión de la eutanasia en España. En 1993 Sampedro, tetrapléjico desde 1969, hizo público su deseo de que le ayudaran a morir. Como no consiguió permiso legal para este suicidio asistido pidió la colaboración de once personas para que cada una de ellas hiciera una parte del proceso que le llevaría a quitarse la vida y protegerlas así de ser procesadas. El 11 de enero de 1998, su amiga Ramona Maneiro, lo dejó todo preparado, incluida la cámara que iba a grabar el suceso. Sampedro se suicidó al día siguiente. En la grabación volvió a reiterar su deseo de morir y también quedó registrada la agonía que padeció tras tomarse el veneno. La policía detuvo a Ramona Maneiro, pero la tuvo que dejar libre por falta de pruebas. Siete años después, cuando el delito había prescrito, Ramona Maneiro relató todo lo sucedido.[7]​ En 2004 se estrenó la película Mar adentro, dirigida por Alejandro Amenábar y protagonizada por Javier Bardem en el papel de Ramón Sampedro.

En 2002, la Ley 41/2002 Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Sanitaria[9]​ (llamada Ley de autonomía del paciente) reafirmó la autonomía de los pacientes permitiéndoles rechazar individualmente un tratamiento sin exigir ninguna justificación para ello,[8][7]​ lo que se conoce como eutanasia pasiva.[10]​ Cuatro años después, en octubre de 2006, Inmaculada Echevarría, que padecía una distrofia muscular progresiva desde hacía 22 años, pidió acogerse a la ley pero el hospital de Granada donde se hallaba ingresada, de titularidad religiosa, se negó a sedarla o a desconectar el respirador que le permitía seguir con vida. Tuvo que intervenir la Junta de Andalucía que la trasladó a un hospital público donde accedieron a su deseo y allí murió al año siguiente.[7]​ Un caso similar fue el que le ocurrió a Pedro Martínez, enfermo de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), porque el equipo médico que le atendía en Sevilla se negó a sedarlo alegando que no se estaba muriendo. La solución fue cambiar de equipo médico. Murió en diciembre de 2011.[7]

Posteriormente hasta once comunidades autónomas aprobaron leyes para los enfermos terminales, en las que se reconocía su derecho a renunciar a un tratamiento y recibir una sedación final.[7]

En 2005 el doctor Luis Montes Mieza —en ese momento coordinador de urgencias del Hospital Severo Ochoa de Leganés— y el doctor Miguel Ángel López Varas fueron investigados por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, a cargo de Manuel Lamela Fernández, a causa de dos denuncias anónimas en las que se los acusaba de sedaciones en dosis elevadas en enfermos terminales en el Servicio de Urgencias del Hospital Severo Ochoa. El informe presentado por la Consejería de Sanidad identificaba 73 casos de sedación realizados de forma presuntamente incorrecta entre el 1 de septiembre de 2003 y el 8 de marzo de 2005. En 2005 el doctor Montes Mieza fue cesado en el puesto de coordinador a instancias de Lamela. En enero de 2008, los tribunales cerraron el caso ratificando el sobreseimiento que ya en el mes junio del año 2007 habían determinado y suprimió la fundamentación jurídica que se refería a la mala praxis de los querellados.[11]

A principios de 2007 se conoció el suicidio de Madeleine Z., que sufría de ELA y que había buscado el asesoramiento de la DMD para poner fin a su vida. Por ese motivo los voluntarios de la DMD que la habían acompañado en el momento de su suicidio, y la periodista que informó del caso, fueron investigados, pero la causa fue sobreseída.[7]

En 2009 el doctor Marcos Ariel Hourmann fue el primer médico condenado por eutanasia. Fue condenado a un año de cárcel por administrar cloruro de potasio intravenoso, acabando con la vida y el sufrimiento de una mujer de 82 años que solicitó expresamente la muerte ante su situación de dolor irreversible.[12]

En abril de 2017 José Antonio Arrabal, enfermo de ELA, se suicidó y se grabó con una cámara para que hubiera constancia de que lo había hecho para acabar con su sufrimiento ya que los médicos que lo trataban consideraban que no se encontraba en una situación terminal. «Lo que me queda es un deterioro hasta acabar siendo un vegetal. Quiero poder decidir el final. Y la situación actual no me lo garantiza», en referencia a la inexistencia de una ley de eutanasia.[7]

En abril de 2019, María José Carrasco, enferma de ELA desde hacía 30 años, puso fin a su vida con ayuda de su marido Ángel Hernández. Grabaron el suicidio en video y en él este le preguntaba si quería que le ayudara a poner fin a su largo sufrimiento, a lo que ella contestaba que , pudiéndose observar a continuación como ella misma bebía una solución tóxica con una pajita, utilizando la poca movilidad que le quedaba, lo cual le provocó una muerte sin sufrimiento.[13][14]​ Este hecho fue el germen de un mayor seguimiento y movilización popular a favor de una ley de eutanasia en España, que llevaba años reclamándose sin éxito.[15][7]​ En 2020 el caso aún sigue en manos del juzgado número 25 de Madrid a la espera de resolución, al estar acusado Ángel Hernández por violencia contra la mujer.[16]

El 17 de diciembre de 2020 el Congreso de los Diputados de la XIV legislatura aprobó una proposición de ley para regular el derecho a una eutanasia activa.[17][18]​ Obtuvo 198 votos a favor (PSOE, Unidas Podemos, BNG, ERC, Junts per Catalunya, Más País, Bildu, PNV, Nueva Canarias, Coalición Canaria, CUP, Ciudadanos), 138 en contra (PP, Vox, UPN) y 2 abstenciones.[19]​ Tras ser aprobada con enmiendas en el Senado, la proposición volvió al Congreso de los Diputados donde fue finalmente aprobada, por lo que el 18 de marzo de 2021 la ley de eutanasia quedó aprobada por las Cortes Generales y entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE.[2]

Sectores católicos encabezados por la Conferencia Episcopal Española mostraron su oposición a la ley de la eutanasia.[20][21]

En el ámbito biomédico, la Organización Médica Colegial expresó en un comunicado que la proposición de ley "es contrario a nuestro Código de Deontología Médica y contradice los posicionamientos de la Asociación Médica Mundial".[22][23]​ De igual modo, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM), y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM), en un comunicado conjunto, declararon su oposición al proyecto de ley.[24]

El diario ABC publicó en su portada el 19 de marzo: "El Gobierno saca adelante por mayoría absoluta el 'derecho a morir', en una tramitación exprés, sin diálogo social y en plena pandemia".[25]

En España la eutanasia está regulada por la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia, promulgada por las Cortes Generales en marzo de 2021. La ley se refiere a la eutanasia como la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa y activa, por parte de personal sanitario, ya sea administrando una sustancia que le cause la muerte o prescriviéndola para que la persona pueda auto-administrársela, ya sea en un centro sanitario o en su domicilio. Se tiene que dar primero un proceso de petición informada y reiterada en el tiempo, en un contexto de enfermedad grave e incurable crónica e invalidante, y que cause un sufrimiento intolerable. Todo el procedimiento se enmarcará dentro del sistema público de salud y será de financiación pública, a la vez que el mismo sistema de salud tendrá que garantizar este derecho a quien lo desee y cumpla los requisitos. La muerte producida derivada de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración de muerte natural a todos los efectos.[26]

Para pedir la prestación de ayuda para morir se tienen que dar cinco requisitos, que se expresan de esta manera en el documento de ley:[26]

También se podría dar el caso en que la persona haya escrito con anterioridad un documento de voluntad vital anticipada nombrando una persona que le represente.

En algún momento de este proceso, el profesional sanitario que lleva el caso podría llegar a considerar que la persona no tiene entendimiento o autonomía para decidir, sin que esto tuviera que suponer una incapacitación jurídica, y se tendría que reclamar a la comisión de evaluación encargada en cada comunidad autónoma. La falta de definición de este aspecto en la propia ley podría suponer un riesgo ya que en el caso en el que se considere que no se ha evaluado debidamente a la persona y se llevase a cabo la eutanasia se podría considerar como cooperación al suicidio o incluso como homicidio.[27]

La ley reconoce el derecho individual de los profesionales sanitarios a ejercer el derecho de objeción de conciencia sanitaria, y así no tener que atender aquellas demandas de actuación sanitaria que les resulten incompatibles con sus propias convicciones.

La proposición de ley de Eutanasia modifica el código penal de la siguiente manera:[26]

Anteriormente, la eutanasia estaba penada con cárcel tal y como establece el artículo 143 del Código Penal Español de 1995.[28]

2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.

3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.

Existen distintas normativas en cada comunidad autónoma que hacen referencia a los derechos de las personas en una situación terminal. La primera comunidad autónoma en aplicar una ley al respecto fue la Comunidad Autónoma de Andalucía con la ley 2/2010 de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte, publicada en el BOE en el año 2010, en la se establecían las condiciones a las que podía acogerse una persona en situación terminal.[30][31]​ Esta ley contemplaba, entre otras cuestiones, la opción de redactar un documento de voluntad vital anticipada que contuviera las preferencias sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que la persona en estado terminal deseara recibir, en el momento en que no tuviera capacidad para expresarlas personalmente.[32]

Según diversas encuestas demoscópicas la mayoría de la población española apoyarían la despenalización de la eutanasia así como su legalización para enfermos terminales —en 2018 un 86%— y para enfermos no terminales —en 2018 un 62%—. Las encuestas indican que el apoyo ha ido creciendo con el paso de los años.[33]

Según un sondeo del CIS realizado en 2009, el 75 por ciento de los encuestados se declararon favor de la eutanasia activa (y de ellos el 60 por ciento estaban totalmente convencidos), el 17 por ciento en contra (y de ellos un 11 totalmente convencidos); aunque las respuestas podían variar según el caso clínico que se planteara.[34][35]

En estadísticas realizadas posteriormente en 2017 y 2018, el porcentaje que responde que si sube a un 85 por ciento, pudiendo encontrar grupos de población donde este porcentaje disminuya, como entre las personas religiosas practicantes, la gente mayor de 65 años o los votantes del PP, colectivos que se encuentran por encima del 60 por ciento.[36][37]

Entre los colectivos médicos el porcentaje de decisión es similar, pero en una encuesta en el Colegio de Médicos de Bizkaia más del 25 por ciento declararon que solicitarían la objeción de conciencia.[38][39][40]

La eutanasia es un tema que ha sido tratado en el cine español, en películas como:



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