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Experto



Un perito[2]​ o experto (en femenino, perita o experta) es una persona reconocida como una fuente confiable en un determinado tema, técnica, o habilidad, cuya capacidad para juzgar o decidir en forma correcta, equilibrada, e inteligente, le confiere autoridad y estatus por sus pares o por el público en una materia específica. En forma más general, un experto es una persona con un conocimiento amplio o aptitud en un área particular del conocimiento.

Los expertos se requieren para dar consejos sobre sus respectivos temas de especialización, aunque no siempre coinciden en sus apreciaciones con las opiniones aceptadas sobre ciertos asuntos específicos en estudio. Se cree o se opina que un experto puede, gracias a su entrenamiento, educación, profesión, trabajos realizados, y experiencia, tener un conocimiento sobre un cierto tema que excede el nivel de conocimiento de una persona común, de manera tal que otros puedan confiar en la opinión de ese individuo incluso en forma oficial y legal.[cita requerida]

Es tentador definir al experto simplemente como el que conoce sobre un campo delimitado del saber. Pero este enfoque encuentra rápidamente sus límites, en cuanto se reconoce la necesidad de diferenciar el experto del científico o incluso del especialista. El experto se define en efecto menos en sí mismo que como el vector de una respuesta a una solicitud de conocimiento.[cita requerida]

Con el sistema educativo previo a la Ley General de Educación, un perito era un título de educación post-secundaria, cursado tras el Bachiller Elemental, de duración de cuatro años. Tras la aplicación de la mencionada ley, las personas con este título fueron asimiladas a Diplomados universitarios (formación post-secundaria de tres años, impartida por las universidades); en Ingeniería, los peritos pasaron a asimilarse a los Ingenieros Técnicos.

El sistema educativo permite el desarrollo de la actividad pericial a personas que hayan obtenido grados académicos y títulos profesionales a nivel universitario, como técnico profesional, y en especial cuando se tiene una actividad en instituciones públicas, como ser el poder judicial, el ministerio público o la policía.

Estos acceden a puestos de trabajo ante el Estado, mayormente destinados al ámbito forense, o a través de la actividad privada en juicios del ámbito procesal penaL, o civil, o laboral, o de familia. Cuéntase así con peritos en medicina, psicología, economía, contabilidad, biología, ingeniería, odontología, antropología, sociología, etcétera.

Además de actuaciones en la actividad privada como consultores técnicos, también se les solicita para el auxilio de actividades con trascendencia jurídica, debido a que pueden auxiliar en cuanto a los fundamentos de hecho o los medios probatorios, ante controversias o necesidad de valorar pruebas a nivel judicial. A su vez, cuentan con gran demanda por las cortes y juzgados que necesiten de la actividad pericial en el ámbito forense, donde los profesionales puedan ser consultados para incluso emitir informes periciales en relación a juicios y conciliaciones judiciales. En el Nuevo Código del Procesal Penal en Perú, se regulan expresamente sus obligaciones y acciones en el Derecho Procesal Penal en los artículos 172 a 181, especificando sus tareas como auxiliares de justicia, a través de actividades especializadas en sus respectivas ciencias y/o oficios.

PERITO, experto en cualquier materia, www.agilperitos.com

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