El Gobierno de la República de Honduras adopta constitucionalmente la forma de una democracia representativa y republicana.
Luego de la Independencia de Centroamérica se pública en Honduras la Constitución de Honduras en 1829 se crearon los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El Presidente de la república es tanto el Jefe de Estado como la cabeza del gobierno y es electo por voto popular por un periodo de cuatro años . En el año 2016, durante el primer período presidencial de JUAN, este promovió una serie de polémicos cambios que legalizaron la figura de la reelección, resultado de aquello fue su postulación a un segundo período presidencial, en el cual salió ganador por un estrecho margen y con cuantiosas dudas sobre la transparencia en los comicios.
El Congreso Nacional de Honduras consta de 128 diputados, electos por un periodo de cuatro años; con posibilidad de reelección continua, por representación proporcional; el número de diputados que a cada partido se le permite colocar en el Congreso es proporcional a la cantidad de votos que cada partido recibe.
La judicatura incluye una Corte Suprema de Justicia; la Suprema corte de Honduras, una corte de apelación, y varias cortes de auténtica jurisdicción; como laborales, de impuestos, y cortes criminales. Los jueces de la Corte Suprema de Justicia, son elegidos por un periodo de 7 años por el Congreso Nacional.
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