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Guardia Urbana Municipal



La Guardia Urbana Municipal (GUM) es un cuerpo civil no armado dependiente de la Municipalidad de la ciudad de Rosario (en la República Argentina), cuya principal misión radica en consolidar la presencia del estado municipal en la vía pública promoviendo mejores condiciones de seguridad y convivencia urbana por medio de la prevención, la educación y el control.

La Guardia Urbana vela por el cumplimiento de las normas municipales y atiende, contiene y resuelve, por sí misma o en colaboración con otros organismos, situaciones de riesgo o conflicto que involucren agresión y trasgresión a las disposiciones vigentes, utilizando técnicas de disuasión, persuasión y mediación. Cuenta además con atribuciones para el labrado de actas, el secuestro de objetos y la ejecución de clausuras.

Organigrama

Director Subdirector Jefe de Planificación Estratégica Jefe de Planificación Operativa Jefes de turnos Operarios o Guardias urbanos

La idea original para la creación de la GUM encuentra sus orígenes en la necesidad de reforzar la acción conjunta de las fuerzas de seguridad y otras instituciones vinculadas al control de emergencias (como los bomberos, la policía, Defensa Civil, etc.), con las que colabora de manera directa y coordinada, facilitando las tareas de prevención y resolución de conflictos a través de su relación directa con los vecinos de la ciudad.

Estas aspiraciones, vinculadas a la necesidad de obtener una mejor seguridad y nivel organizativo, se vieron materializadas bajo la gestión del intendente Miguel Lifschitz, quien retomó una propuesta de los Consejos Participativos de Distrito (realizada en el marco del Presupuesto Participativo) y finalmente la llevó a la práctica. Estos esfuerzos fueron canalizados a través del Programa de Innovación Administrativa de la Secretaria de Gobierno (área responsable de su diseño e implementación), a fin de proyectar la ejecución del proyecto en sucesivas etapas.

En una primera etapa del Programa, se estudiaron diversas experiencias de seguridad en el ámbito local; tras analizar y discutir diversas teorías contrapuestas respecto al tema, se realizaron consultas a expertos en temáticas variadas (como seguridad urbana, resolución de conflictos, sistemas y logística), a fin de obtener la información técnica necesaria para diagramar los basamentos primordiales de la Guardia.

La segunda etapa del proceso de creación del cuerpo, consistió en la realización de un minucioso proceso de selección de aspirantes para integrar los cuadros activos de la GUM. Los 600 empleados municipales que se presentaron al llamado fueron entrevistados y se les realizó un examen de aptitud psico-física por psicólogos y médicos de la Secretaría de Salud Pública, dejando un saldo de 250 candidatos aptos, que más tarde serían sometidos a un intensivo programa de entrenamiento.

Las actividades de capacitación fueron realizadas en el Predio Ferial "Parque Independencia", y estuvieron enmarcadas en el programa de entrenamiento para aspirantes. Llevadas adelante por más de 50 capacitadores y expositores (de probada y reconocida experiencia en las temáticas abordadas), se prolongaron por casi 3 meses (divididos en jornadas de 8 horas diarias todos los días hábiles de la semana) y persiguieron instruir a los guardias urbanos municipales, en teoría y práctica, en materia de normativa municipal vigente, procedimientos que deben seguirse según las diversas situaciones posibles, nociones de prevención del delito, mediación y derechos humanos, así como en aspectos más prácticos y operativos como RCP, primeros auxilios, evacuación, control de explosivos y procedimientos en general (realizando ejercicios de simulación en cada caso, a fin de ilustrar con mayor certeza cada tema), entre otros temas.

La GUM rige todo su accionar en base al "Reglamento Guardia Urbana Municipal" (conjuntamente con la legislación nacional y provincial general), extendiéndose su aplicación a "...todo el personal, operativo y de conducción, que se desempeñe en la Guardia Urbana Municipal.", conforme dicta su artículo 1º. En este Reglamento se establecen minuciosamente desde su misión, funciones, atribuciones y principios, hasta las normas de comportamiento que ha de observar un Guardia Urbano durante sus labores.

Son misiones de la Guardia Urbana Municipal, conforme el art. 2 del RGUM:

La GUM posee 21 funciones, que se encuentran listadas en el art. 3 del RGUM; se eunmeran a continuación sintéticamente, sus tres principales:

El art. 5 del Reglamento establece taxativamente cuales son las facultades de la Guardia Urbana Municipal, dejando a salvo que tal enumeración se realiza "...independientemente de otras (facultades) que resulten necesarias para la consecución de la misión y funciones establecidas". Estas son:

Establece el art. 6 del RGUM, que "Son principios rectores del proceder del personal de la Guardia Urbana Municipal", los siguientes:

En relación a estos principios, explica a su vez el reglamento en su artículo 7º que: "Son cualidades esenciales del Guardia Urbano, valores tales como honestidad, ética, responsabilidad, solidaridad, integridad, lealtad y sentido de pertenencia, comportamiento igualitario y participativo."

Entre sus artículos 8 y 16 del Reglamento, se establecen las condiciones a las que todo integrante de la Guardia Urbana debe atenerse mientras se encuentre en servicio, a fin de responder al correcto perfil que se dispone para cada operativo. Tales especificaciones, se infieren de lo establecido en los artículos mencionados, al decir respectivamente que "El Guardia Urbano debe cuidar su aspecto personal durante la prestación del servicio, atendiendo a su higiene y buena presencia." y "Debe mantener una posición corporal firme y erguida, símbolo de la imagen de la Guardia Urbana Municipal hacia la comunidad."

Además de estas consideraciones generales sobre su imagen, el Reglamento dispone un rígido criterio sobre el uso del uniforme y sus respectivos accesorios, (de comunicación y seguridad, así como el casco reglamentario, de ser necesario), conforme el cual solo se lo puede utilizar mientras se esté de servicio, en correcto estado de limpieza, completo, y sin adicionarle cualquier tipo de distintivo, insignia, o condecoración distinta de aquellas que disponga el uso reglamentario. Además de lo anterior, cada efectivo deberá llevar a cada lugar en que desempeñe sus tareas, una credencial de identificación personal y acreditación de su función, para ser excibida frente a cualquiera que lo solicite.

Todo Guardia Urbano deberá guarda el debido estado de aseo personal, manteniendo el pelo corto y prolijo en el caso de los hombres, (al igual que las patillas, barba o bigote, de tenerlos), y recogido en el caso de las mujeres, debiendo observar los mismos recaudos al utilizar maquillaje o pintura para uñas. Mientras se encuentren prestando servicio, los Guardias Urbanos tienen prohibido utilizar aros, cadenas, pulseras o cualquier accesorio que pudiera resultar cortante o poner en riesgo la integridad física.

Queda a su vez prohibido durante los horarios de servicio, fumar, (tanto en la vía pública como en cualquier dependencia techada), pudiéndose realizar solo en horario de descanso, y en aquellos sitios donde estuviere permitido.

La GUM organiza su estructura de manera funcional, procurando dotar a la institución de las herramientas necesarias para hacer frente tanto a los desafíos que se presenten en la acción diaria de la Guardia, como a fin de velar por el cumplimiento de su reglamento y el correcto proceder de sus operativos.

En tal sentido, la estructura mencionada distribuye sus capacidades a nivel operacional, en diversas funciones destinadas a abordar las cuestiones específicas que le competen. Tales son:

Las tareas habituales de la Guardia Urbana municipal, se circuncriben a la realización de recorridas programadas por zonas preestablecidas, en virtud de diversos criterios como la extensión territorial, densidad poblacional, e indicadores de riesgo o conflicto del sector. De tal modo, cumple una doble función preventiva y ejecutiva, recabando información sobre la situación general de la seguridad en la zona, (a fin de apoyar la acción conjunta con otras fuerzas de seguridad), y atender otras situaciones de emergencia o peligro inminente, en las que sean competentes.

Eventualmente interviene en actos oficiales y espectáculos públicos, colaborando en la coordinación de su seguridad y previniendo la aparición de potenciales focos de conflicto durante los mismos. También toma parte frente a conductas transgresoras sin consecuencias graves, (señalando la falta, disuadiendo, mediando y ante casos puntuales labrando actas, efectuando el secuestro de objetos o realizando clausuras), y ante situaciones críticas, (de emergencias o urgencias en la vía pública que no involucran falta a la normativa municipal), brindando la asistencia inmediata necesaria para atender a las mismas, dando inmediata intervención a las entidades u organismos de auxilio específico, (de emergencias médicas, sanitarias, etc.).

La GUM cuenta con una variedad de equipos especiales destinados a satisfacer las necesidades operativas de la institución. Entre estos, se cuentan una variedad de herramientas que facilitan la movilidad, comunicación, sistemas de registro y seguimiento, y equipamiento variado.

Conforme el artículo 17 del RGUM, son requisitos para prestar servicio en la Guardia Urbana Municipal:

No podrán integrar la GUM (conforme el artículo 21 del Reglamento):



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