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Heredad de aguas



Heredades de aguas era el nombre que recibían los conjuntos de propietarios de un determinado manantial o de una explotación de aguas, y, a veces, de los terrenos sobre los cuales se asentaban dichos recursos hídricos. Los edificios de heredades (a veces llamados simplemente heredades) son los lugares en los cuales se tomaban decisiones respecto a la gestión del agua.[1]​ En particular, en ellos se administraba el agua de lluvia y de los nacientes que debía ser repartida entre los distintos regantes. Eran comunes en muchas municipalidades de las Islas Canarias.

El concepto de heredad o heredamiento de aguas nace cuando se desvincula este recurso de la tierra, a la que estaba asociada anteriormente, convirtiéndose así en un bien inmueble, independiente de ella. Este cambio se produce sobre todo a partir del siglo XVI, en el que se fundan algunas de las heredades más importantes de Canarias (Las Palmas, Valle de los Nueve, Firgas y Arucas, etc).[2]​ Durante casi tres siglos, entre 1529 y 1823, las heredades fueron presididas por los alcaldes de aguas, y luego por los alcaldes constitucionales (entre 1823 y 1866), aunque a veces se producían confluencias entre ambos cargos.[3]​ Los trabajadores de esta institución recibían el nombre de funcionarios y cobraban un sueldo elevado.

Entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX, las heredades de aguas se transformaron en comunidades de regantes, siguiendo la legislación estatal del agua.[4]​ También se crearon nuevas comunidades de regantes, ya que la demanda de agua se encontraba en aumento en ese momento, coincidiendo con la aparición de nuevos cultivos de caña dulce, tomate y plátano.

En la fachada de los edificios de heredades es habitual ver un gran reloj, que se utilizaba como referencia para medir el tiempo que cada socio podía extraer agua de una fuente. Además, el resto de la población los consultaban para organizar sus actividades diarias.



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