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Impuesto PAIS



El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) es un tributo de emergencia con el que el estado argentino grava la compra de divisas extranjeras.[1]

Una semana después de asumir, el presidente Alberto Fernández y su ministro de Economía Martín Guzmán presentaron el proyecto de ley de "solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública".[2]​ El proyecto fue aprobado por el congreso argentino y convertido en ley el 21 de diciembre de 2019 bajo el número 27541.[3]​ Entre sus disposiciones la ley crea el impuesto PAIS, a la vez que aumenta otros impuestos como Bienes Personales y las retenciones a las exportaciones.[4]

El impuesto PAIS, que se aplica sobre la compra de moneda extranjera, fue reglamentado a través del decreto 99/2019 y de la Resolución 4659 de la AFIP.[5]

En el capítulo VI de la ley 27541 se establecen las características generales del tributo:[6]

Según la ley 27541 lo recaudado por el impuesto PAIS se distribuirá de la siguiente manera:[6][8]

Durante 2012, durante restricción para compra de divisas extranjeras en el mercado de cambios, al observar un goteo de divisas hacia el exterior por compras realizadas por los consumidores, se dispuso que a fines de octubre, mediante la resolución general 3378 de la AFIP, una percepción del 15% sobre el total del monto del consumo que se realice en el exterior con tarjetas de crédito a cuenta" de Ganancias y Bienes Personales, tributos que se pagan una vez al año.[9]​ Al observar que la medida no era suficiente, en marzo de 2013, se aumenta la percepción al 20% (Resolución General Nº 3.450).

Desde el 1° de diciembre de 2013 nuevamente aumenta el recargo por gastos en el exterior al 35%, mediante la resolución resolución 3550 de la AFIP, extendiéndolo a la compra de divisas extranjeras y alcanzando la medida para compras online por servicios extranjeros, compra de pasajes y paquetes turísticos al exterior, ya sea en pesos u otra divisa,[10]​ aunque el 27 de enero de 2014 se autoriza la compra limitada de dólares con fines de ahorro, con ciertas condiciones, con una retención del 20% (también a cuenta de ganancias) si la extracción desde la caja de ahorro o disponibilidad se hacía dentro del plazo de un año (Resolución General 3.583 de la AFIP).

El 17 de diciembre de 2015, se deja sin efecto estas retenciones y se libera el mercado cambiario hasta un límite de 2 millones de dólares, mediante la Resolución General 3.819 de la AFIP.[11]​ En 2019, a raíz una fuerte devaluación (35% en solo una jornada cambiaria, teniendo en cuenta que hubo un sábado y domingo de por medio) producida luego de las PASO, se resuelve restringir la compra de moneda extranjera a U$S 10.000, y días antes de las elecciones generales, a fin de evitar una posible disparada se endurece aún más la restricción de compra a U$S 200 para la compra online a U$S 100 para la compra en efectivo.[12]



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