Comúnmente se denomina Indemnización de perjuicios o indemnización por daños y perjuicios a aquella acción que se le otorga al acreedor o a la víctima para exigir de parte de su deudor o bien del causante de un daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que a aquel le hubiese reportado el cumplimento efectivo, íntegro y oportuno de la obligación instaurada entre las partes o la reparación del mal causado a la víctima. Dicho de otra manera, la compensación por daños y perjuicios indemniza directamente a la víctima por importantes pérdidas sufridas. No obstante su difusión, el término correcto para hacer referencia a este remedio jurídico es resarcimiento, toda vez que con el término indemnización también se suelen mencionar aquellos desembolsos que realiza una empresa de seguro en cumplimiento del contrato suscrito con el asegurado o el pago que efectúa el Estado cuando, en ejercicio de su ius imperium, expropia la titularidad de un individuo con miras a satisfacer una necesidad pública. En la realidad que venimos afrontando los múltiples actos que pudiéramos causar a un individuo, ya sea de querer dañar, perjudicar, o lesionar de manera grave, las consecuencias de este acto será sancionado de una manera legal, con la retribución de un pago monetario hacia la víctima, ya sea para costear los pagos médicos, reparación civil a la dignidad del agraviado o por las diversas perdidas sufridas. En el término de indemnización podemos incluir a los desembolso de aquellas empresas que realizan en un cumplimiento de un contrato. Clasificación: Contractual. Es el pago de un deudor por no cumplir al pie de la letra un contrato, o por el incumplimiento de un deber. Extracontractual. Es el pago por daños perjudiciales a otro individuo o por motivos de delitos. Para hacer prevalecer los derechos y ser contribuidos de manera económica debemos ser guiados especialmente por un abogado, con la finalidad de recuperar la integridad o el estado físico natural del individuo (de la víctima). Seguido a esto la corte trata de establecer el valor monetario que el victimario debe efectuar a la víctima.
Típicamente, hay tres maneras en las que los daños pueden ser indemnizados en un tribunal:
El perjuicio (véase daño) es la disminución patrimonial del acreedor a consecuencia del incumplimiento de la obligación, sea que se trate de una pérdida real o efectiva, o simplemente de una ventaja.
El resarcimiento puede, en función a su fuente, clasificarse en:
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