En Derecho Administrativo, se conoce como independencia funcional a una forma debilitada de jerarquía en virtud de la cual los órganos administrativos están integrados en la estructura jerárquica de la Administración, pero se les garantiza la independencia en el ejercicio de sus funciones.
La independencia funcional, dícese de la capacidad funcional de la persona para realizar las actividades de la vida diaria y realizar las actividades que le permita la vida de manera independiente. Hace referencia a la capacidad de la persona para realizar las actividades de la vida de manera independiente y sin necesidad de tercera persona. En ocasiones, es posible el uso de productos de apoyo, adaptación del entorno y uso de tecnología que posibilite la máxima independencia de la persona. La autonomía personal, es la capacidad de decisión de la persona, la capacidad de tomar sus propias decisiones, en contra de la independencia que es la posibilidad funcional de llevarlas a cabo. Generalmente autonomía e independencia se usan indistintamente de manera errónea. Puesto que una conlleva la capacidad funcional de realizar las acciones y la otra (autonomía) capacidad de decisión. Los Terapeutas Ocupacionales promueven la independencia de las personas ,a la par que contemplan la importancia de su autonomía personal.
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