Se conoce como los indultos de Menem una serie de diez decretos sancionados el 7 de octubre de 1989 y el 30 de diciembre de 1990 por el entonces presidente de la Argentina Carlos Menem, indultando civiles y militares que cometieron crímenes durante la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional incluyendo a los miembros de las juntas condenados en el Juicio a las Juntas de 1985, al procesado ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz y los líderes de las organizaciones guerrilleras. Mediante estos decretos fueron indultadas más de mil doscientas personas.
Las leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987) y los indultos de Menem son conocidas como las leyes de impunidad, aunque las dos primeras fueron leyes votadas por el parlamento y con el libre juego de la oposición; en cambio el indulto fue una decisión unilateral, inconsulta y muy posterior a la sanción de las leyes.
Luego de que en 2003 el Congreso de la Nación Argentina declarara la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida algunos jueces comenzaron a declarar inconstitucionales aquellos indultos referidos a crímenes de lesa humanidad.
El 7 de octubre de 1989 el presidente Menem sancionó cuatro decretos indultando a doscientos veinte militares y setenta civiles.
El 29 de diciembre de 1990 el presidente Menem sancionó seis decretos indultando a un nuevo grupo de personas.
Luego de que en 2003 el Congreso de la Nación declarara la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida algunos jueces comenzaron a declarar inconstitucionales aquellos indultos referidos a crímenes de lesa humanidad y a reabrir los casos.
El 15 de junio de 2006 la Cámara de Casación Penal, máximo tribunal penal de la Argentina, consideró que los indultos concedidos en delitos de lesa humanidad eran inconstitucionales.
El 31 de agosto de 2010 la Corte Suprema de Justicia confirmó sentencias de tribunales inferiores, dictando que los indultos no fueron constitucionales y las condenas que anularon debían ser cumplidas.
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