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Iniciativa legislativa popular en España



La Iniciativa legislativa popular en España está regulada a nivel nacional y provincial. La Constitución española de 1978 prevé la iniciativa popular en su artículo 87.3 y siguientes y en la ley reglamentaria (Ley Nº 3 Orgánica de 1984). Se requieren 500.000 firmas acreditadas de ciudadanos, lo que es equivalente al 1,26%.

El proceso se inicia mediante la presentación de la documentación en la Mesa del Congreso de los Diputados. La misma examina la documentación remitida y se pronuncia en el plazo de 15 días sobre su admisibilidad. La comisión promotora puede entablar recurso de amparo contra la no admisibilidad ante el Tribunal Constitucional. Se establece que el plazo para la junta de firmas tenga una duración de 9 meses. Dicho plazo puede ser prorrogado por causa mayor. Por último, el Estado compensa a los promotores los gastos realizados en la difusión y recolección de firmas, siempre que se alcance el número de firmas requerido y se inicie la tramitación parlamentaria.

Desde la modificación de la ley en el 2006, se permiten las firmas electrónicas, a través del DNIe, mediante un lector de tarjetas inteligentes.

En el artículo 87.3 de la Constitución Española se establecen algunas prohibiciones sujetas a iniciativa popular. Así, no pueden afectar a materias sujetas a ley orgánica o de carácter internacional, ni reformar ley tributaria alguna, lo que excluye la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley sobre el IRPF, la Ley del IVA. Los Estatutos de autonomía recogen las condiciones exigidas para ello. Los posibles plebiscitos para su aprobación habrán de ser autorizados por el Gobierno Estatal.

2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

En España, desde el 2006 comenzó a implantarse el DNIe. En 2013 hay más de 33 millones de DNIe expedidos. La Ley Orgánica 4/2006, de 26 de mayo[1]​ modificó el preámbulo y el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular de la siguiente manera:

Por otro lado el artículo 10 de la Ley 3/1984 establece que las firmas también podrán ser autenticadas por “fedatarios especiales” designados por la Comisión Promotora. Para convertirse en fedatario especial hay que firmar una declaración jurada comprometiéndose a dar fe de la autenticidad de las firmas recogidas y enviarla a la Comisión Promotora de la ILP, junto con una fotocopia del carné de identidad.[2]

La primera iniciativa legislativa popular que utilizó la firma electrónica fue en defensa del trasvase Tajo-Segura, iniciada el 4 de febrero de 2010.[3]

El 25 de mayo de 2011, se creó la plataforma MiFirma (mifirma.com)[4]​ que permite recoger firmas electrónicas para ILPs sin la necesidad de instalar drivers del DNIe para poder firmar, siendo suficiente el DNIe y un lector de DNIe. Esta plataforma facilita el desarrollo y puesta en marcha de iniciativas legislativas populares, de forma neutral y gratuita.[5]​ Además de firmar electrónicamente, también permite la captación de fedatarios en línea mediante la firma electrónica.[6]

Actualmente hay creada la Iniciativa Legislativa Popular de regulación de la dación de pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social, recogiendo firmas hasta el 25 de enero de 2013.[7]

Se han presentado en el Congreso de los Diputados 66 iniciativas legislativas populares desde 1977 hasta 2012. De ellas, solo 12 superaron la barrera de las 500.000 firmas, siendo de todas maneras rechazadas en su mayoría. Algunas de ellas siguen en proceso de tramitación, pero solo una ha pasado a ser ley: "Proposición de Ley sobre reclamación de deudas comunitarias ", que finalmente acabó subsumida en otra proposición no de ley en la VI Legislatura y que supuso la modificación de un artículo de la Ley de Propiedad Horizontal. El resto, o han sido inadmitidas, o han caducado o se han retirado.[8][9]

Las iniciativas legislativas populares en España presentadas en el Congreso de los Diputados han sido:



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