El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) de España es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con competencias propias en contabilidad, en todo lo relativo a la planificación y normalización contable y al control de la actividad auditora.
El Organismo se creó por la Ley 19/1988, de 12 de julio de Auditoría de Cuentas,
y actualmente se regula por la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas y sus reglamentos de desarrollo.Las principales funciones específicas, en relación a la contabilidad de las empresas, son las siguientes:
El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas es un alto cargo de la Administración General del Estado con rango de director general, nombrado por el Gobierno, a propuesta del Ministro de Asuntos Económicos y Transformación Digital. El Presidente ostenta la representación legal del Organismo, ejerciendo las facultades que le asigna esta Ley y las que reglamentariamente se determinen.
Por último, el artículo 57 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas establece dos límites temporales y cuatro materiales para los candidatos a presidente y los expresidentes del Organismo. No puede ser Presidente del Instituto quien, en los tres años anteriores a su nombramiento incurra en alguno de los cuatro límites materiales que posteriormente se detallan, y tampoco los expresidentes podrán incurrir en ninguno de ellos en un periodo posterior a los dos años tras abandonar el cargo.
Los límites materiales son:
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