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Iqtá



El iqtá era una institución del mundo musulmán que consistía en la concesión, a largo plazo o perpetua, de los ingresos de una determinada propiedad, a cambio de los servicios prestados. El iqtadar, por lo general un jefe militar, era el titular de la cesión, y era el encargado de mantener los sistemas de regadío, defender el territorio y recaudar impuestos, pero, a diferencia de lo que ocurría en los señoríos y feudos, no tenía autoridad sobre los habitantes.[1]​ El cedente era el Estado, que podía revocar la donación en cualquier momento.[2]

El usufructuario de un iqtá podía venderlo o legarlo a sus hijos. El sistema creó una sociedad de pequeños terratenientes, en la que la inexistencia del derecho de primogenitura impidió la formación de grandes señoríos.[3]

Estuvo vigente en los califatos omeyas de Damasco y Córdoba, abasí y fatimí, en las dinastías búyida, selyúcidas y ayubí, en los imperios otomano y mongol y el Iljanato, y en general en todas las naciones medievales musulmanas, incluidas las del África subsahariana.[2]

En el mundo islámico, por motivos religiosos, apenas existía la propiedad privada de la tierra, sino que era comunal y se cedía en usufructo perpetuo (qatiá) a musulmanes dispuestos a cultivarla pagando la limosna legal (zakat), el 2,5 % de los ingresos anuales. En donde había anteriores propietarios no musulmanes, estos podían mantener sus tierras tanto si habían pactado su rendición como si no, eran los protegidos (dimmies) y podían trabajar, comprar, vender y legar sus parcelas, pagando un impuesto territorial (jarach) y otro personal (yizia).[2]

El califa Omar decidió utilizar el resto de las tierras conquistadas para conceder pequeñas propiedades a los combatientes, como forma de pago. Eran las llamadas qatai (plural: qatayun), antecedentes del iqtá.

Abderramán I impuso en el Califato de Córdoba la fiscalidad musulmana: Las tierras conquistadas eran propiedad de la comunidad de creyentes, y su administración correspondía al imán, que seleccionaba su parte del botín. Del resto, cuatro quintas partes eran para repartir entre los combatientes y el resto para el tesoro.

Realizó el reparto siguiendo las infraestructuras existentes, considerando como unidad fiscal la alquería (al-qarya) para repartirla como iqtá entre los guerreros que vinieron desde Siria con él (yund), que debían enviar al tesoro las dos terceras partes de lo recaudado en la alquería.[4]

Los árabes establecidos antes de su llegada (baladíes) conservaron sus tierras, con la obligación de pagar un impuesto, ushr además del zakat.[5]​ Los propietarios cristianos o judíos también conservaron las suyas pagando el jarach, que era determinado por el imán y cuya cuantía era mayor que el ushr.[6]



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