x
1

Juramento



Un juramento es tanto una la verdad de un hecho o de la sinceridad de una promesa.

En los tiempos primitivos era desconocido el juramento por la sencillez y cordialidad entre los hombres[cita requerida]. Los juramentos nacieron al mismo tiempo que los hombres se engañaron. Hesíodo dijo «la Discordia, hija de la Noche, lleva consigo las querellas, las mentiras, los embrollos, las palabras capciosas y por fin el juramento».

Pitágoras y sus discípulos creían que el juramento había que buscarlo en el seno de la misma Divinidad ya que opinaban que todo lo que subsiste en la naturaleza se encuentra en Dios y desde la eternidad Dios se había determinado voluntariamente a hacer la Creación, en cuyo acto se obligó, por juramento hecho a sí mismo, a conservarla en cierto orden. Pretendían que este juramento era el modelo de los que se habían hecho en todos los tiempos.

En Egipto, el hombre diviniza sus pasiones y sus vicios, el juramento siguió la suerte de la religión y los egipcios no sólo juraban por sus dioses Isis y Osiris con forma humana, por el Toro Sagrado Apis y el cocodrilo Sobek, sino también por el ajo y otras yerbas y legumbres, fáciles deidades, que sembraban y cogían en sus jardines.

Los persas en sus juramentos ponían de testigo al sol como astro vivificador.

Los escitas juraban por el aire como principio de la vida e imagen de la libertad y por el hierro de sus armas como una de las principales causas de la muerte como pueblo guerrero que era.

Los griegos y los romanos juraban por todos sus dioses tanto los suyos como los importados de sus conquistas y recurrían a los semidioses y juraban por Cástor y Pólux, Hércules, etc.

Pero los que presidían más sus juramentos era la diosa Fidelidad y el dios Fidius. También se juraba en estos pueblos por la cabeza como la parte principal del cuerpo y asiento de la inteligencia y por la ich bin dummuraba por las personas de los emperadores, por su vida, por su genio, por su fortuna, por su estabilidad pero En la tradición judeocristiana, en el Antiguo Testamento nos encontramos con los cuatro juramentos formulados en términos sencillos y en que se promete bajo la fe del hombre o se invoca a Dios solo sin mezcla de idolat tales son el de Abraham al rey de Sodoma, el de Abraham al rey Abimelec, el que Eliezer hizo al mismo Abraham y el de Jacob a Laban.

Con el advenimiento del cristianismo la Cruz significa símbolo divino entre el Antiguo Testamento y el Nuevo Testamento y ya el juramento fue considerado en su genuino punto de vista y el juramento tiene tanta fuerza como todo lo que reconoce su origen y base en la misma fuente de toda verdad y de toda justicia.

Los cristianos del siglo IX, X, XI, le dieron una aplicación ilimitada comprendiéndolo entre las pruebas judiciales que designaban con lo piadoso del Juicio de Dios. La prueba del juramento llamada también ordalía o purgación canónica se hacía de varios modos.

En España estaba en uso la que se verificaba poniendo la mano sobre los sepulcros o altares de los santos, para que ellos mismos fueran testigos de la verdad o vengadores del perjuro.

Se empleaba tanto para confirmar un contrato como para purgarse de los indicios o sospechas de un delito y para justificar algún derecho.

Con este objeto existían ciertas iglesias llamadas juraderas como la de San Vicente de Ávila, de Santa Gadea de Burgos y otras y existía la piadosa tradición de que al perjuro se le secaba la mano derecha.

Los Reyes Católicos abolierion estas prácticas pero sin desenterrar el juramento de los actos judiciales como prueba y afianzamiento de la palabra.

El juramento se ha prestado como acto público y solemne desde los tiempos más remotos por los monarcas cristianos al recibir la investidura de su dignidad suprema, con el objeto de asegurar el cumplimiento de sus deberes políticos respecto al pueblo, cuyo gobierno y protección se les confiaba, como por los súbditos en las asambleas públicas en garantía de fidelidad al monarca. En las Cortes Españolas se ha venido usando el juramento desde los primeros tiempos de su institución en el acto de abrirse los debates para la formación y reforma de las leyes o tratar cualquier grave asunto de interés general ligando la conciencia a la gestión del bien.

En Castilla desde tiempos muy remotos ha sido costumbre convocar las cortes, cuando ocupaba el trono un nuevo soberano, para que los prelados, magnates y procuradores de algunas ciudades principales que tenían voto en ellas, prestasen el juramento de fidelidad y de obediencia, e hiciesen homenaje al que iba a tener a su cuidado la suerte del reino.

Esto ocurría no solo al pricipiar cada reinado sino también cuando nacía el príncipe o princesa a quien tocaba la sucesión del reino, primero según la costumbre y luego según las leyes fundamentales de la monarquía.

Los godos no tuvieron idea jamás de lo que vino a llamarse mayorazgo mucho tiempo después de haber pasado su dominación.

Su monarquía era electiva y cuando moría el monarca reinante se juntaban los prelados y los próceres para elegir al que había de sucederle por voto y consentimiento general hubiere sido designado.

Hubo tentativas de algunos príncipes godos encaminados a perpetuar la corona de su familia (Leovigildo tuvo como compañero en el mando a su hijo Recaredo, Wamba renunció la corona en favor de Ervigio, et c.), pero en todos estos casos quedó a salvo el derecho a elegir soberano.

Hay que tener por verdad histórica que después de la batalla de Guadalete y alzado don Pelayo rey de Asturias se dio principio a la monarquía hereditaria.

Pero la razón mueve a lo contrario ya que no hay documento histórico que lo pruebe y la reforma de esa constitución política de los godos se hizo poco a poco y en fuerza de acontecimientos que no podían menos que producir alteraciones en el antiguo estado social.

Así pues como la monarquía de Asturias era visigoda, como las leyes de los concilios insertas en el Fuero Juzgo no habían sido derogadas y como se quería que los hijos y parientes más cercanos del príncipe reinante le sucediese en el reino se tuvo por medio eficaz para asegurles la sucesión el hacer que fuesen reconocidos como sucesores. Para ello prestaban anticipadamente el juramento de fidelidad y de obediencia.

He aquí pues el origen del juramento o jura de los príncipes de España (Adosinda mujer de Silo hizo que anticipadamente fuese reconocido por inmediato sucesor su sobrino don Alfonso; el rey Casto llamó a cortes para que se declarase la inmediata sucesión a favor de su primo don Ramiro; Ordoño I fue asociado al gobierno y reconocimiento por rey en vida de sus padres)

El juramento se divide en asertorio y promisorio y tanto uno como otro puede ser simple o solemne, judicial o extrajudicial.

Con relación a los negocios judiciales puede ser concerniente bien a las personas de los litigantes bien a la decisión del negocio mismo. Bajo el primer aspecto se divide en juramento de calumnia, en juramento de maliciay juramento de decir la verdad. Bajo el segundo aspecto en juramento decisorio de pleito, en juramento estimatorio o decisorio en el pleito y juramento supletorio.

Bibliografía complementaria de documentos que utilizan el juramento son los siguientes:



Escribe un comentario o lo que quieras sobre Juramento (directo, no tienes que registrarte)


Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)


Aún no hay comentarios, ¡deja el primero!