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Ley Micaela



La Ley Micaela o Ley de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado (N° 27499) es una ley promulgada en Argentina en 2018 que establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación en la República Argentina.[1]​ Fue resultado de la movilización social tras el femicidio de la adolescente Micaela García en 2017 y generó exigencias hacia los organismos del Estado en capacitación en perspectiva de género. [2]

Micaela García era una militante del Movimiento Evita que fue violada y asesinada a la salida de una discoteca en Gualeguay, (Entre Ríos) en 2017. El autor fue Sebastian Wagner, quien había estado preso por abuso sexual y había sido liberado días antes del femicidio.[3]

La noticia del crimen de Micaela, luego de siete días de intensa búsqueda, en abril de 2017, generó una fuerte conmoción a nivel nacional ya que la joven participaba activamente del movimiento Ni una menos y militaba en el Movimiento Evita. Por el femicidio fue condenado a prisión perpetua Sebastián Wagner, de 30 años.[4]

La normativa establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación[5]​, cualquiera sea su nivel o jerarquía. Será el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad quien deberá difundir en su página web el grado de cumplimiento de cada uno de los organismos públicos[6]​.

Las capacitaciones son organizadas por las máximas autoridades de los organismos públicos y las organizaciones sindicales correspondientes. Si en esos organismos existen áreas, programas u oficinas de género, las autoridades pueden contar con su colaboración para organizar y cumplir con las capacitaciones. Los organismos públicos pueden hacer adaptaciones de materiales o programas existentes o desarrollar un programa propio, siempre cumpliendo la normativa, recomendaciones y otras disposiciones de los organismos que controlan el cumplimiento de las convenciones internacionales sobre género y violencia contra las mujeres firmadas por Argentina. Si un organismo no tiene un programa para cumplir con las capacitaciones debe utilizar los programas, cursos u otras plataformas de capacitación diseñados por el Instituto Nacional de las Mujeres.[7]

El Instituto Nacional de las Mujeres -INAM- debe certificar la calidad de las capacitaciones que elabore cada organismo, además debe evaluar y difundir el efecto que tuvieron las capacitaciones realizadas por cada organismo.

La capacitación de las máximas autoridades de los tres poderes del Estado estará a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) , que en su página web, deberá brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones de la ley en cada uno de los organismos.[8]

Según la ley, todos los agentes del Estado deben cursar y aprobar todos los años la capacitación. El incumplimiento será considerado una falta grave que incluirá sanciones y obstaculizará el ascenso a un cargo superior en caso de que corresponda. [9]​ Asimismo, los contenidos deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.[10]



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