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Ley de Bosque Nativo (Argentina)



La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, o Ley de Bosque Nativo,[1]​ es una norma nacional de Argentina que regula el uso de los bosques nativos. La ley tiene como objetivos reducir la deforestación en Argentina, la conservación de los bosques nativos, la regulación y gestión responsable del uso forestal, y la promoción del manejo sostenible de los bosques.[1]​ Para ello, la ley determina categorías de conservación de los bosques, crea un fondo fiduciario destinado a la conservación y promoción de manejo responsable de los bosques bajo un modelo de pago por servicios ambientales, y establece autoridades de aplicación cuyo mandato es elaborar datos para monitorear el estado de conservación de los bosques nativos, en coordinación con las provincias.[2]

Tras un intenso debate, la ley fue sancionada el 21 de septiembre de 2007 por el Congreso de la Nación Argentina y reglamentada mediante el Decreto 91/2009[3]​ en febrero de 2009 por el Poder Ejecutivo (a cargo de Cristina Fernández de Kirchner) tras el reclamo que hicieron más de 70 organizaciones ambientalistas.

La deforestación en Argentina tiene una de las tasas más altas de América del Sur, con un 0.8% de deforestación anual.[4]​ En el año 2006, el entonces diputado Miguel Bonasso del Frente para la Victoria y presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente humano de la Cámara Baja, presentó en junio de ese año el proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Dicho proyecto tomó forma luego de un amplio debate en el seno de la Comisión, y contó con el aporte de organizaciones ambientalistas como Greenpeace, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), y la Fundación Vida Silvestre Argentina.

Los diputados de las provincias con recursos forestales (principalmente Salta, Formosa y Misiones) se opusieron a la ley, principalmente bajo el argumento de que afectaba la autonomía provincial de manejar sus recursos naturales.[5]​ Además, los productores agropecuarios se opusieron a cualquier tipo de regulación sobre los bosques.[5]​ Los productores agropecuarios de cada provincia se expresaron tanto a nivel nacional como a nivel provincial, cuando cada provincia debió elaborar su ordenamiento territorial de bosque nativo.[6]

En marzo de 2007 obtuvo finalmente su aprobación en la Cámara de Diputados, a pesar de la oposición presentada por estos sectores.[7]​ Una de las concesiones principales que se hizo en el texto original para conseguir su aprobación fue la inclusión de un sistema de pago por servicios ambientales, que dio origen al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos.[5]

Luego la ley pasó a la Cámara de Senadores, donde fue girada a 6 comisiones para su tratamiento. Allí comenzó un lento proceso donde los representantes de las provincias que se oponían a la norma buscaron obstaculizarla. Ante esta situación, más de treinta organizaciones sociales entregaron en el Senado un millón y medio de firmas de personas de todo el país en reclamo por el urgente tratamiento de la norma, demostrando un alto nivel de consenso social. Así, los senadores retomaron el tratamiento de la norma sobre un texto que recuperaba los principales puntos del proyecto aprobado en Diputados:

El nuevo texto aprobado por la Cámara de Senadores el 21 de noviembre de 2007 fue tratado y aprobado por Diputados una semana después, convirtiéndose en Ley.

La ley zonifica los bosques de la siguiente manera:

Los ordenamientos territoriales debían establecerse en función de los diez criterios de sostenibilidad establecidos por el anexo de la ley:[1]

La ley crea el Sistema Nacional de Monitoreo de Bosques Nativos, encargado de proveer y elaborar la información referida a la existencia, gestión y conservación de bosques nativos en Argentina.[8]​ Los datos se encuentran en el Portal del Sistema Nacional de Monitoreo de Bosques Nativos.[9]

A partir de la sanción de la ley se creó el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos. Los fondos de fomento debían ir destinados a la protección de los bosques nativos y a las actividades que fomenten el desarrollo sustentable. En su artículo 31, la ley establecía que el Fondo Nacional se compondría de partidas presupuestarias anuales por parte del Poder Ejecutivo, que no podían ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional, y el 2% de las retenciones a las exportaciones agroganaderas y del sector forestal. El Fondo Nacional nunca recibió las partidas presupuestarias que le garantizaban la ley.[10]

En octubre de 2010 la Fundación Vida Silvestre Argentina y Greenpeace criticaron el presupuesto para 2011 destinado al «Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos» ya que la ley de Presupuestos Mínimos estipula que al menos deberá de ser del 0.3% del presupuesto anual nacional que arrojaba una cifra de $1.119 millones, pero se destinó $300 millones.[11][12]

En 2019, se creó el Fondo Fiduciario para la Protección de Bosques Nativos (FOBOSQUE).[13]​ Sin embargo, desde que fue sancionada la Ley de Bosque Nativo, el presupuesto del Fondo fue reduciéndose paulatinamente.[14]

Dado que el artículo 124 de la constitución argentina establece que los recursos naturales pertenecen a las provincias,[18]​ cada legislatura debía presentar su propia ley provincial e incluir en la ley el "Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo" u OTBN de acuerdo a las categorías establecidas, siguiendo los criterios de sostenibilidad. La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS) debía luego analizar si la ley provincial se adecuaba al marco legislativo nacional.[19]​ La acreditación por parte de la SAyDS permitía a las provincias el acceso a los fondos del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de Bosques Nativos, que debían repartirse en un 70% para el productor o terrateniente que conservaba el bosque y un 30% para la generación de capacidades institucionales en los órganos provinciales encargados de implementar y regular la ley.[5]

Según el Decreto reglamentario 91/2009, el OTBN debe actualizarse en un período de cinco años,[20]​ siguiendo el principio de progresividad acorde a la Ley General del Ambiente 25.675, es decir que los nuevos ordenamientos territoriales deben ampliar la cantidad de hectáreas bajo las categorías I (rojo) y II (amarillo).

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Un estudio científico analizó el impacto de la Ley de Bosques, centrándose fundamentalmente en los mecanismos de ordenamiento territorial exigidos por la ley y la responsabilidad de los gobiernos provinciales y municipales en realizar dicho ordenamiento. El estudio analizó las provincias de Salta, Santiago del Estero y Chaco (las más afectadas por la deforestación en Argentina) y encontró que la gestión de los gobiernos locales podía tener un impacto en reducir la deforestación.[37]

Otro estudio proveniente del campo de las ciencias sociales realizó una serie de entrevistas con los actores involucrados en la implementación del OTBN en Salta. El estudio encontró que a pesar de la sanción de la ley, las denuncias por extracción ilegal de madera y desmontes encubiertos continuaron a lo largo de todo el proceso de ordenamiento territorial.[38]

Las denuncias por desmontes ilegales continuaron también en Chaco, señalando la ausencia de controles, fallas en el proceso de regulación e implementación y la postergación de las comunidades indígenas en los procesos de regularización de la tierra y de diseño de la ley.[39]



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