La Ley de División Territorial de la República de Colombia fue una normativa legal expedida por el Senado y Cámara de Representantes de la Gran Colombia el 25 de junio de 1824, con el fin de regular la estructura político-administrativa del país, dividiendo el territorio grancolombiano en doce departamentos, con indicación de que provincias y cantones pertenecían a cada uno de ellos.
Con respecto a las grandes entidades territoriales de la nación, la ley decretó en su artículo 1° que el territorio nacional se componía de 12 departamentos, señalando las capitales de cada uno de ellos en la siguiente forma:
Para la división de cada uno de los departamentos, la ley se sirvió de los artículos 2° a 13°, en los cuales indicaba las provincias, cantones y cabeceras de estas, sumando un total de 37 provincias. En términos generales la ley determinaba la subdivisión departamental de la siguiente manera:
Los artículos antes mencionados igualmente indicaba la composición cantonal de cada provincia así:
Igualmente la ley definió fronteras entre varias regiones del país, especialmente la del sur, de reciente anexión. Entre estos cambios destacan la creación y definición de fronteras de las provincias de Carabobo y Manabí, y de los departamentos del Ecuador y del Cauca.
Dos años más tarde surgió la Ley adicional del 18 de abril de 1826 que reorganizaba ciertos departamentos de la república en la región del norte: las provincias de Apure, Barinas y Guayana quedaban reorganizadas como el departamento del Orinoco, en tanto las provincias de Cumaná, Barcelona y Margarita formaron el departamento de Maturín. Con respecto a la región central fue creada la provincia de Mompós con los cantones meridionales de la de Cartagena y agregada al departamento del Magdalena.
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