La Ley de derechos Humanos de la ciudad de Nueva York (NYCHRL por sus siglas en inglés) es una ley de derechos civiles que está incorporada en el Título 8 del Código administrativo de la ciudad de Nueva York.
Prohíbe la discriminación en el empleo, la vivienda y el alojamiento público en función de la raza, el color, el credo, la edad, el origen nacional, el estado de enajenación o ciudadanía, el género (incluida la identidad de género y el acoso sexual), la orientación sexual, la discapacidad, el estado civil y el estado de la sociedad. También proporciona protección contra la discriminación en el empleo basada en el estado de desempleo, el registro de arresto o condena y el estado como víctima de violencia doméstica, acoso y delitos sexuales. En la vivienda, proporciona otras protecciones basadas en la ocupación legal, el estado familiar y cualquier fuente legal de ingresos. También prohíbe las represalias, el hostigamiento relacionado con prejuicios (incluido el ciberacoso), los perfiles relacionados con los prejuicios por parte de las fuerzas del orden y la discriminación contra los internos.
Ocho comisionados de la Comisión de Derechos Humanos de la ciudad hacen cumplir la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York.
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