Un mahram es un pariente soltero con quien el matrimonio o relación sexual se consideraría haram , ilegal en el Islam, o personas quienes no son purdah y sirven de acompañantes legales u obligatorios de una mujer durante un viaje de más de un día y una noche.
(Nota: El matrimonio con el padrastro está prohibido solo si el hombre ha consumado con su madre.)
Estos se consideran mahram porque se mencionan en el Corán (An-Nisa 22-23):
"Y no te cases con mujeres con las que se casaron tus padres, excepto lo que ya pasó; de hecho, fue vergonzoso y muy odioso, y una forma malvada. Prohibido para ti (para el matrimonio) están: tus madres, tus hijas, tus hermanas, tus tías paternas , tus tías maternas, las hijas de los hermanos, las hijas de las hermanas, tus madres adoptivas, tus hermanas de amamantamiento, las madres de tus cónyuges, tus hijastras de esos cónyuges que has ingresado a ellos, pero si no has ingresado a ellos, entonces no hay culpa de ustedes, cónyuges de sus hijos desde sus propios lomos y que agreguen dos hermanas, excepto que ya pasó; de hecho, Dios es indulgente y misericordioso.
Todos los parientes femeninos del hombre mencionados en estos dos versos se consideran sus maharim , porque es ilegal (haram) que se case con ellos, excepto la hermana de la esposa mencionada al final, que no es un mahram porque puede casarse con ella si se divorcia de su hermana, o si su esposa muere. La noción de "mahram" es recíproca. Todos los demás parientes se consideran no "maharim" y pertenecen a la categoría de extraños.
Los mahrams masculinos de una mujer se dividen en cuatro categorías (tres categorías en la definición de sentido estricto que no cuenta el cónyuge). Los "Mahrams" para un hombre pueden derivarse de manera similar.
Excepción: un hermano adoptivo que amamantó la madre de la mujer es axiomáticamente un mahram.
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