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Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio



El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (Minvivienda) en Colombia es la cabeza del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio; tiene como objetivo primordial lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico (entre otros servicios).

A partir de los años treinta se dieron los primeros mecanismos institucionales para abordar el sector de la construcción a través del crédito hipotecario, se creó el Banco Central Hipotecario y en 1939 el Instituto de Crédito Territorial; durante cuatro décadas, se mantuvieron estas instituciones, pero en 1972, el Presidente Misael Pastrana Borrero buscó una nueva directriz de desarrollo económico basado, entre otras estrategias, en el fortalecimiento del Sector de la construcción de Vivienda, durante este gobierno se crearon dos herramientas que trasformarían la política de vivienda: Las Corporaciones de Ahorro y de Vivienda (CAV´s) y la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), a partir de 1991, se presentaron cambios importantes en el sistema de financiamiento y en la política de vivienda estatal, sin embargo, hasta este momento no había una cabeza visible del orden central que direccionara las políticas públicas al respecto, eventualmente, el ya suprimido Ministerio de Desarrollo Económico suplía algunas funciones. Durante mandato presidencial de ocho años de Álvaro Uribe Vélez, se dio una triple fusión dando lugar al Ministerio de Desarrollo, Vivienda y Medio Ambiente, estos movimientos administrativos entre ministerios ha sido cuestionada por algunos expertos y por la misma Corte Suprema de Justicia; con la posesión de Juan Manuel Santos en el 2010, se evidenció la necesidad de separar nuevamente estos sectores, dando lugar al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio el 27 de septiembre de 2011.[1]

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad pública de orden nacional responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenibles del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio contribuirá a través de políticas integrales, en la construcción de equidad social y calidad de vida mediante la consolidación en ciudades amables y productivas; con acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de agua potable y saneamiento básico con cobertura universal y calidad.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tendrá como objetivo primordial lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.

Además de las funciones definidas en la Constitución de Colombia de 1991 y en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y en las demás leyes, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio cumplirá, las siguientes funciones:

Actualmente, el marco legal en el cual se desenvuelve el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio son los siguientes dos documentos:

Ley 1444 de mayo de 2011[2]​ Por medio de la cual se escinden unos Ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la administración pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

Decreto No 3571 de 2011[3]​ Por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra al Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Ley 3 de 1991 y sus respectivas relaciones;[4]​ por la cual se crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones.

Bases para la optimización del programa de subsidio familiar de vivienda y lineamientos para dinamizar la oferta de crédito de vivienda de interés social. 16 de febrero de 2004.[5]

Programa de subsidio familiar de vivienda en especie en lotes de la nación. 17 de mayo de 2004[6]

Lineamientos de política y consolidación de los instrumentos para la habilitación de suelo y generación de oferta de vivienda. 28 de abril de 2009.[7]

Conpes social, Metas y estrategias de Colombia para el logro de los objetivos de desarrollo del milenio hacia el 2015, 14 de marzo de 2005.[8]

Metas y priorización de recursos presupuestales para atender a la población desplazada por la violencia en Colombia. 28 de noviembre de 2005.[9]

Decreto 2064 de junio de 2004,[10]​ Por el cual se establecen las normas mínimas para vivienda de interés social urbana

Esquema sobre las relaciones jerárquicas, cabezas directivas y competenciales de vigor en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio



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