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Moción de censura (España)



La moción de censura en España es un procedimiento parlamentario que permite al Congreso de los Diputados o a un parlamento de una comunidad autónoma retirar su confianza al presidente del Gobierno de España o al presidente de la comunidad autónoma, respectivamente, y forzar su dimisión. En España, la moción de censura es constructiva y continuista.

La moción de censura contra el presidente del Gobierno de España está establecida en el artículo 113 de la Constitución española de 1978. Se han producido un total de cinco mociones de censura en el Congreso de los Diputados contra los presidentes Suárez (1980), González (1987), Rajoy (2017 y 2018), Sánchez (2020). Solamente una de ellas fue exitosa: la segunda moción de censura contra Rajoy fue aprobada el 1 de junio de 2018 y el candidato Pedro Sánchez quedó investido presidente del Gobierno.

La moción de censura contra los presidentes autonómicos está establecida en los respectivos estatutos de autonomía de las comunidades autónomas. Se han presentado un total de 31 mociones de censura en los parlamentos autonómicos o en las ciudades autónomas, de las cuales 9 fueron aprobadas.

El artículo 113 de la Constitución española de 1978 y el Reglamento del Congreso de los Diputados establecen el modo de funcionamiento de la moción de censura contra el presidente del Gobierno de España. Tiene que ser propuesta al menos por la décima parte de los miembros del Congreso de los Diputados (actualmente 35), y ha de incluir un candidato a la presidencia del Gobierno de España.

Tras la presentación de la moción de censura, la Mesa del Congreso debe reunirse para calificar la moción, en un plazo máximo de 7 días a contar desde la presentación de la moción. Una vez calificada, se abre un plazo de dos días para presentar mociones alternativas, que deben estar igualmente firmadas por 35 diputados e incluir un candidato a la presidencia del Gobierno. El debate de la moción o mociones de censura en su caso no puede iniciarse hasta una vez transcurrido dicho plazo.

A continuación, la presidencia del Congreso convoca la sesión de moción de censura, en un plazo máximo de 20 días, salvo que se estén tramitando simultáneamente los Presupuestos Generales del Estado, en cuyo caso dicho plazo máximo empieza a contar al concluir su tramitación. En la votación de la moción de censura, que no puede celebrarse en ningún caso hasta transcurridos cinco días desde su presentación, es necesario obtener la mayoría absoluta de votos afirmativos en el Congreso de los Diputados para poder prosperar. Si la moción de censura queda adoptada, el Gobierno debe presentar su dimisión al rey de España en las 24 horas siguientes a su adopción. Al aprobarse la moción de censura se entiende otorgada la confianza al candidato propuesto y el rey debe nombrarle presidente del Gobierno en los 15 días siguientes a su adopción, siempre que el Gobierno censurado haya dimitido ya, aunque lo habitual es que se haga inmediatamente. En el caso de no aprobarse la moción de censura, quienes la hayan propuesto no pueden presentar otra dentro del mismo periodo de sesiones.

En España la moción de censura es constructiva: el grupo que eleva la moción de censura propone a su vez un nuevo presidente del Gobierno,[1]​ y continuista: no supone el adelanto de las elecciones sino que continúa inalterado el calendario electoral. Mientras está en trámite la moción de censura el presidente del Gobierno no puede disolver el Congreso de los Diputados y convocar elecciones,[2]​ a fin de evitar que el presidente pueda eludir su responsabilidad parlamentaria llamando a las urnas. No obstante lo anterior, el presidente del Gobierno puede hacer decaer la moción de censura presentando la dimisión. En este caso, el presidente del Gobierno puede continuar en funciones en el cargo, sin posibilidad alguna de ser censurado, pero el Congreso queda facultado para nombrar en cualquier momento a un sucesor por mayoría simple.



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