Los Museos Nacionales, en España, son los museos que integran la «Red de Museos de España», conforme fue establecida en 2009 en virtud del Real Decreto 1305/2009, de 31 de julio, por el que se crea la Red de Museos de España. El artículo tres del mencionado R.D. establece:
a) Los Museos Nacionales de titularidad y gestión estatal, que se relacionan en el anexo I.
b) Los Museos de titularidad y gestión estatal o pertenecientes al sector público estatal adscritos al Ministerio de Cultura y a otros Departamentos Ministeriales, que se relacionan en el anexo II. A iniciativa del Ministerio correspondiente se podrá solicitar la inclusión en este anexo de nuevas instituciones.
2. Podrán incorporarse a la Red de Museos de España, de conformidad con los criterios de calidad y excelencia que el Consejo de Museos determine, las instituciones museísticas contenidas en las siguientes categorías:
a) Museos de titularidad estatal y gestión transferida a las comunidades autónomas, conforme a lo establecido en la disposición adicional primera.
b) Museos de titularidad pública autonómica o local, de singular relevancia, previo acuerdo entre la Administración General del Estado y la Administración correspondiente, y previa consulta a la comunidad autónoma donde radique el museo de titularidad pública local.
En octubre de 2014, integraban la «Red de Museos de España» 34 museos, 21 de ellos de titularidad y gestión estatal y 13 de titularidad y gestión estatal o pertenecientes al sector público estatal adscritos al Ministerio de Cultura y a otros Departamentos Ministeriales.
El surgimiento de la institución museística en España está unida al coleccionismo real, nobiliario y eclesiástico, de donde surgirán las dos grandes tipologías de museos, por lo que atañe a su titularidad: los públicos y los privados.
Los museos públicos tienen como base fundamental las colecciones reales y eclesiásticas. En particular destacan las de Isabel I, Carlos I, Felipe II, Felipe IV, Felipe V, Carlos III o Carlos IV. En la época contemporánea, parte de las colecciones de la Iglesia pasó —tras los procesos desamortizadores europeos del siglo XIX—, a constituir la base de los Museos provinciales, de titularidad pública.
La Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 620/1987, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, expone una definición de museo en la línea proclamada por el Consejo Internacional de Museos (ICOM): «Son museos las instituciones de carácter permanente que adquieren, conservan, investigan, comunican y exhiben para fines de estudio, educación y contemplación conjuntos y colecciones de valor histórico, artístico, científico y técnico o de cualquier otra naturaleza cultural» (artículo 59.3, Ley 16/1985).
La «Red de Museos de España», según el citado R.D. 1305/2009 (corregido por el R.D. 1827/2009, de 27 de noviembre, por el que se otorga el carácter de museo nacional al Museo Romántico y se modifica su denominación por la de Museo Nacional del Romanticismo y por el RD 1714/2011, por el que se suprime el Museo Nacional de Reproducciones Artísticas, se incorpora al Museo Nacional de Escultura y sus fondos se trasladan a Valladolid) está integrada por los siguientes museos (el orden es el del propio RD):
I. Museos Nacionales de titularidad y gestión estatal (ANEXO I)
II. Museos de titularidad y gestión estatal o pertenecientes al sector público estatal adscritos al Ministerio de Cultura y a otros Departamentos Ministeriales (ANEXO II)
Escribe un comentario o lo que quieras sobre Museos Nacionales de España (directo, no tienes que registrarte)
Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)