La nacionalidad o ciudadanía argelina es el vínculo jurídico que liga a una persona física con la República Argelina Democrática y Popular y que le atribuye la condición de ciudadano.
La ley de esta nacionalidad se promulgó por primera vez en marzo de 1963, después de que Argelia lograra su independencia de Francia en julio de 1962. En principio, otorgó la ciudadanía solo a los musulmanes, exigiendo que solo aquellas personas cuyo padre y abuelo paterno tenían el estatus de musulmán podían convertirse en ciudadanos del nuevo Estado. Antes de la independencia, los musulmanes fueron considerados indígenas bajo un conjunto especial de leyes conocido como Code de l'indigénat, por lo cual no eran elegibles para la ciudadanía francesa, y en la práctica tenían un estatus legal inferior, pero los habitantes cristianos y judíos de Argelia durante el período colonial francés podían adquirir la nacionalidad francesa.
Una ley de nacionalidad de 1970 eliminó las referencias al estatus religioso, pero otorgó la ciudadanía a los niños en función de la nacionalidad existente de sus padres, la cual había sido adquirida por el estatus de musulmán de los padres y abuelos paternos de estos en virtud de la ley de nacionalidad de 1963.
Sin embargo, la nueva ley otorgó la ciudadanía a los niños en función de la nacionalidad existente de los padres, lo que resulta en que el anterior estatus de musulmán de los padres sea aplicable a su descendencia. El Código de Nacionalidad de 1970 no permitía a las mujeres transmitir la nacionalidad a sus hijos, a menos que el padre fuera desconocido o apátrida. Solo los hombres tenían derecho a conferir la nacionalidad argelina a sus cónyuges extranjeros.
En 1996, Argelia se convirtió en parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CETFDCM). Tras los reclamos de las organizaciones que exigían los mismos derechos de nacionalidad para las mujeres, el 27 de febrero de 2005, se promulgó un nuevo Código de Nacionalidad. La nacionalidad por ascendencia ahora se otorga a un niño cuyo padre o madre es un ciudadano argelino. Las reformas de 2005 otorgan a mujeres y hombres los mismos derechos para transmitir la nacionalidad a sus hijos y cónyuges. El Código revisado es retroactivo. Como resultado, las personas nacidas de madre argelina y padre extranjero antes de la reforma, también se consideran nacionales.
Es de nacionalidad argelina por nacimiento en Argelia:
La expresión «en Argelia» se refiere a todo el territorio argelino, sus aguas territoriales, barcos y aviones argelinos.
Se considera argelino el niño nacido de padre argelino o madre argelina.
La nacionalidad argelina se puede adquirir por contraer matrimonio con un argelino o argelina si se cumplen las siguientes condiciones:
Es posible que no se tenga en cuenta una pena emitida en el extranjero.
Un extranjero que realice la solicitud de naturalización, puede adquirir la nacionalidad argelina siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
Los hijos menores nacidos de una persona que ha adquirido la ciudadanía argelina por naturalización, son argelinos al mismo tiempo que sus progenitores.
Puede naturalizarse, sin la necesidad de cumplir con los requisitos anteriores:
A petición del interesado, el decreto de naturalización facultará el cambio de su apellido y nombre.
Siempre se podrá revocar la naturalización de la persona, en el curso de dos años desde la publicación del decreto de misma en el Boletín Oficial de la República Argelina Democrática y Popular, si resulta evidente que no cumple las condiciones estipuladas en la ley o utilizó medios fraudulentos para obtener la nacionalidad. La revocación de la ciudadanía se llevará a cabo de la misma forma en que fue expedida, después de informar legalmente al interesado y de concederle un plazo de dos meses para presentar sus refutaciones.
Perderá la nacionalidad argelina:
En los casos anteriores, no se extenderán los efectos de la pérdida de la nacionalidad a los hijos menores de edad.
Toda persona que haya adquirido la nacionalidad argelina podrá ser desposeída de ella en los siguientes casos:
No tendrá lugar el desposeimiento excepto si los actos atribuidos al encausado se realizaran en diez años desde la fecha de la adquisición de la ciudadanía argelina.
No se podrá declarar el desposeimiento de la nacionalidad excepto dentro del plazo de cinco años desde la fecha de haber cometido estos actos.
El desposeimiento de la nacionalidad se efectuará por decreto después de que el encausado pueda presentar sus alegaciones. Tendrá un plazo de dos meses para realizarlo. En todos los otros casos, se declarará el desposeimiento por decreto del Consejo de Ministros.
No se podrá promulgar el desposeimiento de la nacionalidad argelina excepto después de informar al encausado de las medidas que se tiene intención de tomar contra él o de concederle la oportunidad de presentar sus alegaciones.
No se extenderá el desposeimiento de la nacionalidad al cónyuge y los hijos menores del interesado. Sin embargo, se podrá extender el desposeimiento de la nacionalidad a los hijos si se incluye también a sus progenitores.
Podrá recuperar la nacionalidad argelina por decreto toda persona que la hubiera tenido como nacionalidad de origen y la hubiera perdido, mediante la presentación de una petición después de al menos dieciocho meses de residencia habitual y regular en Argelia.
Argelia permite la doble nacionalidad. Siempre y cuando la ley de nacionalidad del otro país lo permita, un nacional argelino puede adquirir una ciudadanía extranjera y conservar la argelina, y un extranjero puede obtener la nacionalidad argelina sin perder su nacionalidad de origen. Algunos países no permiten la doble ciudadanía. Por ejemplo, si una persona adquirió las nacionalidades argelina y japonesa por nacimiento, debe declarar ante el Ministerio de Justicia japonés, antes de cumplir los 22 años, qué ciudadanía desea conservar.
Los requisitos de visado para ciudadanos argelinos son las restricciones administrativas de entrada por parte de las autoridades de otros Estados a los ciudadanos de Argelia. En 2021, los ciudadanos argelinos tenían acceso sin visado o visa a la llegada a 53 países y territorios, clasificando al pasaporte argelino en el 95.º lugar del mundo, según el Índice de restricciones de Visa.
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