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Norma Oficial Mexicana



El término Norma Oficial Mexicana (NOM) se aplica a cada una de las regulaciones cuyo principal objetivo es el fomento de la calidad para el desarrollo económico. Se consideran reglamentos técnicos de observancia obligatoria y son expedidas por las dependencias normalizadoras de México a través de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización que tienen su fundamento en la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC). [1]

Las Normas Oficiales Mexicanas establecen reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a la terminología, la simbología, el embalaje, el marcado o el etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Los productos y servicios que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas pueden hacer uso de la Contraseña Oficial o sello NOM, regulado mediante la Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI-2017.[2]

En México, las Normas Oficiales Mexicanas son expedidas por las secretarías de Estado, que conforme a sus ordenamientos jurídicos pueden expedirlas y vigilarlas. Actualmente, las dependencias de la Administración Pública Federal de México que pueden expedir las Normas Oficiales Mexicanas son:

Las Normas Oficiales Mexicanas son elaboradas con el objeto de preservar un objetivo legítimo para el país, en particular para: las personas, la fauna animal o vegetal, la salud y la conservación ambiental entre otros. Antes estos objetivos se encontraban regulados en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización de México (ver art. 40) ,[3]​ pero fue abrogada el 1 de julio del 2020 por la Ley de Infraestructura de la Calidad .[4]

En la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 10, fracción XVI se define:

Y en el artículo 10 se observan los objetivos legítimos para el país.

Para efectos de esta Ley, se consideran como objetivos legítimos de interés público:
I. la protección y promoción a la salud;
II. la protección a la integridad física, a la salud, y a la vida de los trabajadores en los centros de trabajo;
III. la protección a la producción orgánica, de organismos genéticamente modificados, sanidad e inocuidad agroalimentaria, acuícola, pesquera, animal y vegetal;
IV. la seguridad alimentaria;
V. la educación y cultura;
VI. los servicios turísticos;
VII. la seguridad nacional;
VIII. la protección al medio ambiente y cambio climático;
IX. el uso y aprovechamiento de los recursos naturales;
X. el sano desarrollo rural y urbano;
XI. las obras y servicios públicos;
XII. la seguridad vial;
XIII. la protección del derecho a la información;
XIV. la protección de las denominaciones de origen;
XV. y cualquier otra necesidad pública, en términos de las disposiciones legales aplicables.

El listado de las Normas Oficiales Mexicanas puede ser consultado en la página del Sistema Integral de Normalización y Evaluación de la Conformidad (SINEC)[5]​ de la Secretaría de Economía.

En general las normas oficiales mexicanas pueden contener uno o varios de los siguientes puntos:



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