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Pago provisorio mensual (Chile)



El Pago provisional mensual (PPM) (a veces llamado erróneamente como pago previsional mensual) es un abono provisorio a un fondo para cubrir el impuesto a la renta en Chile, que se calcula sobre las ventas o ingresos netos (sin IVA) que debe ser pagado mensualmente, trámite que se realiza paralelamente con la declaración del IVA y las retenciones de impuestos. Este pago provisional mensual debe realizarse durante los primeros doce días de cada mes, a través del formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos (SII) en los bancos e instituciones financieras acreditadas por este servicio. [1]

El monto de estos pagos provisionales se calcula sobre la base de una fórmula que establece la Ley de Renta, considerando un porcentaje variable que se aplica a los ingresos brutos de cada mes y que es determinado anualmente. En el caso de las empresas que recién están cursando su primer año tributario, el monto de estos pagos equivale al 1% de los ingresos obtenidos. [2]

Además de pagar obligatoriamente los PPM, la empresa puede efectuar pagos provisionales voluntarios por cualquier cantidad, ya sea de manera esporádica o permanente, durante cualquier día hábil del mes en la Tesorería.

En el caso de que la empresa tuviera pérdidas en un año comercial, podrá suspender los pagos provisionales correspondientes a las ventas netas del primer trimestre del año comercial siguiente. Si las pérdidas continúan, podrá solicitar que se le suspendan nuevamente los pagos, pero apenas se produzca alguna utilidad en algún trimestre, deben reanudarse los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre inmediatamente siguiente.

Si la empresa pretende suspender los PPM, debe poner a disposición del Servicio de Impuestos Internos un estado de pérdidas y ganancias acumuladas. [3]



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