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Pastrana



Vista de la localidad

Pastrana es una localidad y municipio español del sur de la provincia de Guadalajara. Cuenta con una población de 885 habitantes (INE 2017). Ubicada en la comarca de La Alcarria, tuvo su auge entre los siglos XVI y XVII. Fue declarada conjunto histórico-artístico en 1966.

Destacan en ella la colegiata, el Palacio Ducal donde residió la princesa de Éboli, los tapices flamencos de Alfonso V, la fuente de los cuatro caños y los conventos fundados por Santa Teresa de Jesús; todo ello configura un ambiente medieval-renacentista entre recuerdos y leyendas que le mereció la calificación de «instantánea del tiempo pasado». En palabras del escritor Camilo José Cela en su obra Viaje a la Alcarria:

La villa ducal de Pastrana está a una altitud de 755 m sobre el nivel del mar y tiene una extensión de 95,70 km². Está situada a 45 km de la capital, Guadalajara, y a 95 km de Madrid. Cuenta con una población de 885 habitantes (INE 2017).

Pastrana tiene un clima mediterráneo Csa[2]​ (templado con verano seco y caluroso) según la clasificación climática de Köppen.

Los romanos la llamaron Paternina. El pretor romano Tiberio Sempronio Graco destruyó la ciudadela carpetana durante la conquista en el año 180 antes de Cristo. Cien años después fue reconstruida por orden del cónsul Paterno Paterniano, de quien tomó el nombre de Paternina.

En el año 1174, el rey Alfonso VIII de Castilla concedió la entonces aldea de Pastrana, junto con Zorita de los Canes a la Orden de Calatrava, de quienes obtendría importantes privilegios. Más adelante, el rey Enrique II de Castilla a propuesta del maestre calatravo le concedió el privilegio de villazgo en 1369. Pastrana creció a partir de entonces en detrimento de Zorita.

En 1541, con fuerte oposición de los pastraneros que no querían perder el estatus de realengo, compró la villa a la Corona doña Ana de la Cerda, abuela de la célebre doña Ana de Mendoza de la Cerda (Princesa de Éboli), la famosa princesa tuerta, quien casaría con don Ruy Gómez de Silva, secretario real de Felipe II, quienes obtuvieron del rey los títulos de Duques de Pastrana y Príncipes de Éboli.

Con el ducado comienza una época de esplendor para Pastrana. Los duques fundan la Colegiata y ayudando a Santa Teresa de Jesús, dos conventos de carmelitas descalzos en 1569. En 1573 muere el duque Ruy Gómez, y su viuda, la Princesa de Éboli, decide meterse a monja en la Concepción, causando numerosos escándalos en el convento, razón que impulsa a Teresa de Jesús a llevarse a las monjas de la población.

En julio de 1579, al conocer el rey Felipe II, las intrigas de la princesa de Éboli y su secretario Antonio Pérez, ordena el encarcelamiento de Ana de Mendoza. La Princesa de Éboli permaneció encerrada sus últimos años en su propio Palacio Ducal hasta su muerte en 1592.

En el siglo XVIII los duques trasladan su residencia a Madrid, con lo que se inicia la decadencia de la villa.

Escudo partido verticalmente, en cuyo lado izquierdo y sobre fondo azul, una banda lateral plateada, dos flores de lis y una P mayúscula de sable, fileteada de gules. Al lado izquierdo una cruz flordelisada de gules, espada de oro, y una calavera. Al timbre, la corona real cerrada, propia del régimen monárquico legalmente establecido. Su romántica leyenda versa: "Pastrana morirá luchando por la cruz".

Felipe II, con la finalidad de obtener información detallada de todos los pueblos y villas bajo su mandato, ordenó elaborar un cuestionario que debía ser contestado en todos los concejos. Con este objetivo, en 1575, envía a los corregidores y gobernadores del reino un cuestionario con 59 preguntas, junto con unas instrucciones de obligado cumplimiento. En éstas, se ordenaba su distribución a todos los lugares de su jurisdicción, dónde debían nombrar a "dos personas inteligentes y curiosas", vecinos del pueblo, quienes serían los encargados de hacer "relación de ellos, lo más cumplida y cierta que se pueda". La falta de respuesta y la remisión de cuestionarios incompletos obligaron al rey a enviar, tres años después, un segundo interrogatorio, esta vez de 45 preguntas, y una nueva instrucción en la que se eximía de declaración a las localidades que hubieran contestado con anterioridad.



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