Pena pecuniaria es la denominación de la sanción que consiste en el pago de una multa al Estado como castigo por haber cometido un delito.
La pena pecuniaria es una de las más leves que se pueden imponer dentro del derecho penal, y es utilizada también en derecho administrativo como forma para sancionar los incumplimientos.
La pena pecuniaria es una de las formas en las que puede presentarse la responsabilidad penal, y es necesario no confundirla con la responsabilidad civil. Es más, es muy habitual que un delincuente condenado a una pena pecuniaria deba también pagar una cantidad de dinero por responsabilidad civil a la víctima.
En el caso de la responsabilidad civil, un infractor o delincuente debe pagar los daños causados a su víctima. Si bien es similar a una multa, existen varias diferencias:
En el sistema penal español predomina el sistema llamado "días Multa" que consiste en un pago de una cantidad de dinero calculado en función del tiempo de condena (por ejemplo, cinco meses de multa) y de la cantidad de dinero fijado en la sentencia durante cada día de la condena (por ejemplo, 8 € por día).
Para el cálculo vemos en la sentencia cuanto tenemos que pagar cada día (Para personas, lo mínimo por día son 2 € y lo máximo 400 €, dependiendo de la situación económica del condenado).
Multiplicamos lo anterior por la duración. Por ejemplo, si la cantidad fijada en sentencia es 10 € y la duración es de 5 meses, los cálculos serán los siguientes: 10 (Euros) x 5 (meses) x 30 (días) = 1.500,00 €
Cuestiones a tener en cuenta:
La duración (que en el ejemplo anterior son 5 meses) dependerá de circunstancias como la gravedad de los hechos, que el condenado tenga antecedentes penales, de su grado de participación en el delito,…
En cuanto al cálculo de la duración, la ley entiende que todos los meses tienen 30 días (ni 29, ni 31) y los años 360 días.
La duración mínima que establece el Código Penal son 10 días y la máxima 2 años, aunque cada delito que tiene pena de multa tiene su propia duración (por ejemplo, el delito de lesiones menos graves, puede llevar una multa desde 3 hasta 6 meses. Otro ejemplo, el delito de amenazas, puede dar lugar a una multa desde 6 hasta 24 meses,…)
Fraccionamiento: Es posible dividir el pago hasta en un plazo máximo de dos años, ya sea de una sola vez o en varios plazos. Aunque estos son los criterios generales, muchos jueces tienen sus propias normas y permiten que se fraccione hasta en un máximo de, por ejemplo, doce meses, nueve meses,… o son más flexibles con los retrasos en los pagos, o menos flexibles…
Impago de los plazos: Si se impagan más de dos plazos, se revocará el beneficio del fraccionamiento y existirá la obligación de abonar todo lo que falte por pagar de una sola vez.
Pena subsidiaria de prisión: Si, definitivamente, se impagara la multa, cada dos días de multa pendiente se transformarían en un día de prisión (o en 1 día de arresto domiciliario en los “juicios de faltas” que ahora son los juicios menos graves). En nuestro ejemplo en el que el total de la multa eran 1500 €, la persona condenada tendría que pagar 10 Euros durante 5 meses. Si no los hubiera pagado, hubiera tenido que ir a prisión durante dos meses y medio (la mitad de la duración de la condena).
Aunque son pocos, hay algunos delitos que conllevan multas que se calculan de una forma distinta (en proporción al daño causado, al valor del objeto del delito o al beneficio que se haya obtenido).
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