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Presidente de la República de Cuba



El Presidente de la República de Cuba, es el Jefe de Estado de la Nación y el Jefe de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. Es electo, junto con el Vicepresidente por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados por la mayoría absoluta y por un período de cinco años. Puede ejercer su cargo hasta dos periodos consecutivos, luego de lo cual no puede desempeñarlo nuevamente,[1][2]​ sin embargo, el régimen cubano ha dicho que recibió solicitudes para concretar la reelección indefinida.[3]

Desde el 10 de octubre de 2019 el presidente de la República de Cuba es Miguel Díaz-Canel. El cargo de Presidente de la República de Cuba es proclamado por la Constitución de 2019 que modifica el organigrama de poder y recupera esa figura eliminada en 1976.[4]​ En la misma fecha se aprobó el nombramiento de Salvador Valdés Mesa como vicepresidente de Cuba.

Hay que destacar que la denominación de presidente es motivo de discusiones. El último presidente constitucional democráticamente electo en ejercicio de su cargo, lo fue Carlos Prío Socarrás, derrocado por un golpe de estado encabezado por Fulgencio Batista y Zaldívar el 10 de marzo de 1952. Con el golpe de estado se rompe el orden constitucional de la república porque a pesar de que Batista, como gobernante de facto suspendió temporalmente la constitución, esta no fue nunca derogada. En 1959, con la toma del poder por las fuerzas rebeldes de Fidel Castro Ruz, este no cumple su promesa de restituír la constitución de la república y proclama una "Ley Fundamental" que en realidad no sustituye a la constitución democrática de 1940 pues esta nunca fue derogada por un poder legislativo constitucional.

Tanto el Presidente como el vicepresidente ocupan un escaño en la Asamblea Nacional.[4]

El presidente de la República debe presentar informes de rendición de cuentas a la Asamblea Nacional.

Para ser Presidente de la República se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Se exige además tener hasta sesenta años de edad para ser elegido en este cargo en un primer período.[1]

En el artículo 128 de la Constitución de Cuba se establecen las obligaciones del Presidente:[1]

Corresponde al Presidente de la República:

Desde 1869 hasta 1878 y desde 1895 hasta 1899, en los últimos años del dominio colonial español el presidente de la República de Cuba en armas era la máxima autoridad ejecutiva en tiempos de guerra, en el conjunto de los territorios liberados por los independentistas, sin que existiese el Estado independiente.

Desde 1902 hasta 1906 y desde 1909 hasta 1976 el presidente de la República de Cuba era el Jefe del Estado en la república presidencial, primero, y del gobierno revolucionario, a partir de 1959.

Desde 1976 hasta 2019 la Presidencia fue el órgano colegiado llamado Consejo de Estado (cuyo presidente era el presidente del país) auxiliado por el Consejo de Ministros. A partir de la proclamación y entrada en vigor de la Constitución cubana de 2019, se retoma la fórmula usada antes de 1976, donde el Jefe de Estado es llamado Presidente de la República de Cuba.

Del 19 de abril de 2018 al 10 de octubre de 2019 Miguel Díaz-Canel ocupó el cargo de Presidente del Consejo del Estado.



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