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Prosa jurídica



El llamado lenguaje administrativo es la lengua empleada por los órganos de la Administración Pública en sus relaciones tanto internas como con los ciudadanos.

Entre los documentos administrativos más usados por los ciudadanos se encuentran la instancia y el contrato, pero también podemos encontrar otros escritos administrativos como las disposiciones, normativas, órdenes y resoluciones, que nos sitúan en el lenguaje jurídico: la lengua empleada por los órganos de la Administración de Justicia en sus relaciones con la colectividad o con las personas físicas y jurídicas.

La frontera entre lenguaje jurídico y administrativo no está bien delimitada, y hasta cierto punto el primero puede considerarse un lenguaje administrativo específico. En consecuencia, ambos suelen estudiarse de forma conjunta, puesto que comparten recursos lingüísticos y coinciden en factores extralingüísticos.

El medio habitual de comunicación entre la Administración Pública y los ciudadanos, son los diarios o boletines oficiales (En España, BOE, BOP, DOGC, y otros; en la Unión Europea, el DOUE; en México, DOF; etc.).

El lenguaje de los textos jurídicos y administrativos utiliza la lengua en su nivel más culto, lo que implica riqueza expresiva, concisión, claridad y precisión. Las principales características son las siguientes: [cita requerida]

Se trata de un lenguaje muy estable, culto, ritual (por ejemplo en el derecho romano) y con escaso margen de variación. El emisor debe conocer a la perfección el significado de las palabras, a fin de conseguir precisión léxica. Los principales rasgos léxicos son los siguientes: [cita requerida]

Los textos jurídicos y administrativos intentan buscar la máxima precisión y claridad, aunque en ocasiones el texto resultante sea complejo e impreciso desde el punto de vista normativo.

En España, desde 1989 se están llevando a cabo una serie de actuaciones para la mejora de la inteligibilidad del lenguaje administrativo. [cita requerida]

Se busca modernizar y simplificar el lenguaje administrativo para hacerlo más sencillo y comprensible. Se ha elaborado un “Manual de estilo” (de 1993) sobre todo para la redacción de los documentos administrativos dirigidos a los ciudadanos. Las principales recomendaciones para mejorar la compresión del lenguaje administrativo son las siguientes:

En cuanto al léxico se refiere (aunque no sea un criterio de claridad y precisión), hay una tendencia a utilizar un lenguaje no sexista.

En 2009, en el mismo sentido, se creó una Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico.

La situación de la lengua castellana en España en los textos jurídicos y administrativos, en lo que se refiere al ámbito de las comunidades autónomas con lenguas distintas al castellano es bastante dispar. [cita requerida]

Tal y como estableció la Ley de normalización lingüística de 1983, la lengua de la administración (y por tanto de la justicia) es el vernáculo. En cuanto a la administración, se ha conseguido que la lengua oficial lo sea, hasta tal punto que si se escribe una instancia a la administración pública en castellano, deberá ser contestada en catalán, vasco o gallego, a no ser que se exprese explícitamente lo contrario.

En la justicia, la situación es muy diferente. El castellano es la que vehicula los conceptos jurídicos. La causa es que gran parte de los recursos y de la normativa se encuentran en lengua castellana.



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