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Renuncia al papado



Se denomina renuncia al papado, renuncia papal (en latín: renuntiatio pontificalis), o incorrectamente dimisión papal o abdicación papal,[1]​ al abandono de su cargo por parte del papa, la máxima autoridad de la Iglesia católica. Es un evento que ha sucedido muy pocas veces en la historia de la Iglesia católica, siendo el último caso el del papa Benedicto XVI.[2]​ Se concibe como una posibilidad a partir del canon 332 § 2 del Código de Derecho Canónico, y el canon 44 § 2 del Código de los cánones de las Iglesias orientales.

A pesar de los paralelismos con otros jefes de estado o cargos importantes, los documentos oficiales de la Iglesia en vigor solo hablan de «renuncia» y no usan otros términos como «cese», «dimisión» o «abdicación», que no son adecuados.[1]

El derecho canónico no prevé ningún individuo en particular, entidad, o personas a las que el papa debe manifestar su renuncia. Sin embargo, algunos especialistas (especialmente el canonista del siglo XVIII Ferraris Lucius) sostienen que el colegio de cardenales, o al menos su decano, debe ser informado, ya que los cardenales deben estar absolutamente seguros de que el papa ha renunciado a la dignidad válidamente antes de que se proceda a elegir a un sucesor mediante un cónclave. Tampoco es necesario que nadie acepte formalmente la renuncia.

Al cumplirse la fecha y hora que el propio papa escogió para renunciar, da comienzo el periodo de sede vacante, el cual termina con la elección de un nuevo papa.

La Enciclopedia Católica registra las renuncias del papa Ponciano (230-235), del papa Marcelino (296-308), del papa Liberio (352-366), y papa Juan XVIII (1004-1009), quien se retiró a un monasterio a terminar su vida como un monje, aunque se ha postulado que tal vez no habría sido por decisión propia sino haber sido forzado por Crescencio III, muriendo allí después de unos meses, en julio de 1009.[3][4]

La primera históricamente incuestionada renuncia a un papado fue la del papa Benedicto IX en 1045. Con el fin de librar a la Iglesia del escándalo, el papa Gregorio VI dio a Benedicto posesiones valiosas al renunciar al papado a su favor. Gregorio VI renunció en 1046 debido a que el acuerdo que había firmado con Benedicto IX fue considerado simonía. El sucesor de Gregorio VI, el papa Clemente II, murió en 1047, por lo que Benedicto IX se convirtió nuevamente en papa.

La renuncia a un papado más conocida es la del papa Celestino V en 1294. Después de sólo cinco meses de pontificado, emitió un decreto declarando solemnemente permitido que un papa renunciase, y luego hizo lo propio. Posteriormente vivió dos años más como un ermitaño, pero terminó sus días encarcelado por su sucesor, el papa Bonifacio VIII, que le temía como a un rival; por lo que fue canonizado. El decreto papal que emitió terminó con cualquier duda entre los canonistas sobre la posibilidad de que una renuncia de un papa sea válida.

El papa Gregorio XII (1406-1415), renunció en 1415 para poner fin al Cisma de Occidente, en donde se había llegado a un momento en el cual había tres reclamantes al trono papal: el papa romano Gregorio XII, el antipapa Benedicto XIII de Aviñón —en el Papado de Aviñón—, y el antipapa Juan XXIII, fruto del Concilio de Pisa. Antes de renunciar formalmente, al ya existente Concilio de Constanza lo autorizó para elegir a su sucesor.

Durante los siguientes 598 años no ocurrieron nuevas renuncias papales, hasta que el 11 de febrero de 2013, el papa Benedicto XVI anunció que iba a renunciar el 28 de febrero de ese mismo año, debido a su avanzada edad.[5]​ Lo sucedió el jesuita Jorge Mario Bergoglio de 76 años, oriundo de Argentina, quien eligió el nombre Francisco.[6]

El derecho canónico no prevé acciones para el caso de que un papa pueda estar incapacitado física o mentalmente, ya sea temporal o permanente, ni tampoco especifica qué organismo tiene la autoridad para certificar que el papa está incapacitado. Se hace constar en el canon 335 que:

De igual modo ocurre en el canon 47 del Código de los cánones de las Iglesias orientales.[8]

A cada obispo diocesano se le solicita que presente al Sumo Pontífice la renuncia al gobierno de su diócesis al cumplir sus 75 años de edad, y de manera encarecida, que renuncie si por enfermedad u otra causa grave quedase disminuida su capacidad para desempeñarlo.[9]

Los cardenales no están autorizados a participar en un cónclave después de llegar a los 80 años. Sin embargo, no hay ningún requisito que indique que un papa debería renunciar al llegar a una edad determinada. Desde la promulgación de estas normas sólo relativas a los obispos diocesanos y cardenales, cuatro papas (Pablo VI, Juan Pablo II, Benedicto XVI y Francisco) llegaron a los 80 años de edad durante sus pontificados.

En los años previos a su muerte en 2005, algunas fuentes sugirieron que el papa Juan Pablo II debería haber renunciado debido a su delicado estado de salud, pero los funcionarios del Vaticano siempre descartaron esa posibilidad.

El propio Benedicto XVI echó luz sobre el tema en el verano de 2010, durante una entrevista con el periodista alemán Peter Seewald, publicada en forma de libro:

La renuncia de un papa es un hecho inusual en la historia de la Iglesia católica, sin embargo, hubo siete papas que renunciaron o fueron obligados a hacerlo:

Si bien el derecho canónico no prevé qué cargo o cargos le deben corresponder a un expapa, puede dar una idea aproximada el protocolo que corresponde para otros casos de personas de avanzada edad en la curia Romana, para los que se contempla la transferencia de sus cargos de obispo o arzobispo al estado de emeritazgo, por el cual deja de poseer alguna responsabilidad diocesana, pero puede seguir celebrando misa, en la medida en que se lo permitan sus fuerzas. Siendo el papa obispo de Roma, al igual que cualquier otro obispo diocesano católico al retirarse o jubilarse adquirirá el título de obispo emérito de Roma.

Los obispos eméritos continúan perteneciendo al colegio episcopal, pero en algunos casos no forman parte de la conferencia episcopal; aunque son requeridos consultivamente, en razón de su experiencia y venerabilidad. En algunos casos, cuando el episcopado se encuentra en Visita Ad Limina, uno o varios obispos eméritos representan a la conferencia episcopal en ausencia de los obispos que ejercen dichos cargos dentro de este organismo.



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