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Servicio de Administración Tributaria



El Servicio de Administración Tributaria (SAT, por sus siglas) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público[1]​ (SHCP, por sus siglas) de México, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.[2]

El 15 de diciembre de 1995 se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual se creó el nuevo órgano desconcentrado como máxima autoridad fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación, y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos; se crearon las direcciones generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales. [3]

El 1 de julio de 1997 entró en funciones el órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, cuyo Reglamento Interior se publicó el 30 de junio de ese mismo año. Este órgano sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos; con su creación surgieron diferentes unidades administrativas:

Presidencia del SAT:

Así como las administraciones regionales y locales dependientes de las administraciones generales de Recaudación, Auditoría Fiscal Federal, Jurídica de Ingresos y Aduanas, y las coordinaciones regionales y locales de Recursos, dependientes de la Coordinación General de Recursos.

La dinámica operativa y funcional del SAT motivó la necesidad de reasignar las facultades en materia de política de ingresos, incluidas la política fiscal y aduanera y la de estímulos fiscales, que ya tenía conferidas en su reglamento interior, con el fin de mantener congruencia con la política hacendaria, económica y social del país.

Con tal medida, este órgano desconcentrado redujo su estructura orgánica al desaparecer la Dirección General de Interventoría, cuyas funciones y recursos se redistribuyeron a la Contraloría Interna.

Se transfirieron a la SHCP los recursos y funciones de las direcciones generales de Coordinación con Entidades Federativas; Asuntos Fiscales Internacionales, y Planeación Tributaria, para integrarlas a la estructura orgánica que conformaría la nueva Subsecretaría de Ingresos. Dichos cambios fueron formalizados mediante decreto publicado el 10 de junio de 1998.

El 3 de diciembre de 1999 se publicó un nuevo Reglamento Interior del SAT, con los siguientes cambios en su estructura orgánica:

El 22 de marzo de 2001 un nuevo reglamento interior, en el cual se presentaron los siguientes cambios de denominación dentro de su estructura orgánica:

Se crearon las administraciones generales de:

El 30 de abril de 2001 se publicó el decreto mediante el cual se reformó el artículo segundo del RISAT, que transfiere la Administración Central de Investigación de Operaciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El 12 de junio de 2003 se publicó el Decreto que reforma la Ley del SAT, con los siguientes cambios:

En materia de recaudación estableció el pago de contribuciones mediante la entrega de obras plásticas que realizaran los autores.

El SAT revisó su plan estratégico y elaboró un programa de acciones de corto plazo, así como los programas operativos de cada una de las unidades administrativas, incluidos los indicadores de cumplimiento respectivo. Asimismo, estableció un sistema de evaluación del desempeño de dichas unidades hasta el ámbito de administración local, tanto de impuestos internos como de aduanas. El 17 de junio de 2003 se reformó el RISAT, por el cual se transfirieron los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior, propiedad del Fisco Federal, al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia extranjera que hayan pasado a propiedad del fisco federal.

El 13 de julio de 2012 se publicaron modificaciones al Reglamento Interior, donde se presentaron los siguientes cambios en la estructura orgánica:

El 12 de mayo de 2006 se publicó el decreto en el que destacan las modificaciones de la Administración General de Innovación y Calidad, donde cambian las denominaciones de la Administración Central de Recursos Humanos por Administración Central de Capital Humano, y de la Administración Central de Recursos Materiales y Servicios por Administración Central de Recursos Materiales..

Por otra parte, desaparecen las subadministraciones locales de Innovación y Calidad y surgen la Administración Central de Operaciones Administrativas, las administraciones de Servicios y las subadministraciones de los Centros de Servicios Administrativos. Asimismo, se crea la Aduana de Guanajuato, dentro de la estructura de la Administración General de Aduanas, con la que se tienen 49 aduanas en todo el país.

El desarrollo tecnológico aplicado en el campo fiscal en México ha traído beneficios para los contribuyentes, gracias a las actualizaciones que han facilitado el pago de las obligaciones, simplificando y mejorando los procesos para agilizar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales.

A partir del año 2006 se han dado muchas innovaciones y cambios de mejora en el Servicio de Administración Tributaria, entre esas innovaciones se encuentra una mayor capacitación de todos sus servidores públicos, así como la inclusión generalizada de sistemas de control de accesos de todos sus servidores públicos al edificio en el que se encuentra la Administración de que se trate, lo que los obliga a registrarse tanto cuando ingresan a realizar sus labores, como cuando salen del edificio; ya que cuando no se contaba con estos controles, existían quejas de que en múltiples ocasiones los servidores públicos salían indiscriminadamente del edificio sin registrar su entrada o salida, cosa que llevaba a las Administraciones Locales que ahora llevan el nombre de Administraciones Desconcentradas, a tener un deficiente funcionamiento y control interno. Este problema no se presentaba, por ejemplo, en las Administraciones Centrales del Servicio de Administración Tributaria, ya que en éstas ya se contaba la implementación de sistemas de control de acceso más avanzados en comparación a las ahora llamadas Administraciones Desconcentradas. Generando así que el Servicio de Administración Tributaria se encuentre a la vanguardia a nivel internacional, colocando a México como uno de los mejores sistemas de recaudación y asistencia a los contribuyentes.[cita requerida]

Con toda esta modernización se ha dotado de mayor transparencia, rapidez, seguridad y personalización al sistema de cumplimiento tributario en México, favoreciendo tanto a personas físicas como a micro, pequeños y medianos empresarios.

Entre las innovaciones a favor de un mejor cumplimiento fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición de los usuarios la herramienta Mi Contabilidad, además de novedades en la factura electrónica y el esquema de atención a los usuarios.

Aunque el cambio tecnológico ha representado importantes beneficios para el sistema en general, Osvaldo Santín Quiroz, Jefe del Servicios de Administración Tributaria, durante el evento Innovación SAT 2017, reconoció aún existen grandes retos relacionados con el proceso de pagos de impuestos y cumplimiento de obligaciones, sin embargo, la recaudación en los últimos cinco años ha aumentado en más del 60%, a razón de un promedio de 16% anual, representando el 13.9% del PIB.

Conforme a la Ley del SAT, el organismo cuenta con, entre otras, las siguientes atribuciones:[4]

El personal adscrito al Servicio de Administración Tributaria, en términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, podrá ser autorizado para portar armas en el ejercicio de las facultades que tenga conferidas; asimismo, cuando con motivo del ejercicio de dichas facultades practique alguna detención o advierta la comisión de una probable conducta delictiva, deberá adoptar las medidas conducentes conforme a la Constitución.[5]

El SAT está integrado por una Junta de Gobierno, que constituye su órgano principal de dirección, por un Jefe que es nombrado y removido por el Presidente de la República con la ratificación del Senado, y por unidades administrativas. El jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales tanto de carácter federal y estatal como municipal, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio Servicio de Administración Tributaria.

La Junta de Gobierno del SAT está integrada por:

Por su parte, las unidades administrativas son las siguientes:

Las administraciones generales y las administraciones centrales, tienen su sede en la Ciudad de México y ejercen sus atribuciones en todo el territorio nacional.

Las unidades desconcentradas tienen diversas sedes en las entidades federativas pero ejercen sus atribuciones en todo el territorio nacional.[6]

Cada persona física o moral queda registrada ante el SAT con una clave, denominada Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Otorgando mayores facilidades para inscribirse al RFC y para cumplir con las obligaciones, el SAT ha logrado incorporar a más del 100 por ciento de la población económicamente activa, lo cual coloca al país en niveles comparables de países de la OCDE.[19]

El crecimiento del padrón de contribuyentes muestra un gran dinamismo, al mes de junio de 2017 dicho padrón está conformado por 61.6 millones de contribuyentes, lo que significa un aumento de 15.5% respecto al mismo mes del año anterior.[20][21]

(PF)

(PM)

Los contribuyentes activos en el padrón del RFC se encuentran predominantemente en la Ciudad de México, pues al mes de agosto de 2017 dicha entidad federativa contaba con 11,661,298 contribuyentes.



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