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Título de ciudad



El título de ciudad es un rango honorífico que se concedía desde la Edad Media a determinados núcleos de población. Otorgado por los monarcas,[1]​ se encontraba jerárquicamente por encima de las villas, aldeas y lugares,[2][3][1]​ pudiendo entenderse como un nivel superior a ellas en la escala de privilegios, al menos en la Corona de Castilla, el del grupo de ciudades con voto en cortes.[1]



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