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TEPJF



El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos.[1]​ En la actualidad, está conformado por una Sala Superior, integrada por siete magistrados electorales; cinco salas regionales, integradas por tres magistrados; y una Sala Especializada, con tres integrantes también. Su actual presidente es el magistrado José Luis Vargas Valdez[2]​. Las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Tribunal corresponden a su Comisión de Administración.

El Tribunal Electoral es –de acuerdo con la Constitución mexicana– la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, y tiene la competencia para resolver, en forma definitiva e inatacable, los siguientes tipos de controversias electorales:

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está constituido por una Sala Superior, cinco salas regionales y una Sala Regional Especializada; las cuales resuelven de manera colegiada las impugnaciones presentadas por los ciudadanos, candidatos y partidos políticos.

Hasta mayo de 2021, la Sala Superior está integrada por dos magistradas y cinco magistrados[3]​:

Las salas regionales del TEPJF son órganos permanentes –ordinariamente terminales– que tienen competencia para conocer algunas de las impugnaciones que se presenten en cada una de las cinco circunscripciones plurinominales en las que se divide el país. Están integradas por tres magistrados y se identifican por la ciudad en que reside la cabecera de cada circunscripción:

Asimismo, existe una Sala Regional Especializada, con sede en la Ciudad de México, que está encargada de resolver los procedimientos sancionadores relacionados con la violación a las normas que regulan el acceso a radio y televisión de los partidos y candidatos, la aplicación imparcial de recursos públicos, la propaganda de entes públicos, propaganda electoral, así como actos anticipados de precampaña y campaña.

Los magistrados electorales que integran la Sala Superior y las regionales son designados por el Senado, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, a propuesta de la Suprema Corte, y ordinariamente duran nueve años en su cargo. Las magistradas y los magistrados que integran la Sala Superior deben satisfacer los requisitos que establecen.

A su vez, las magistradas y los magistrados que integran las seis salas regionales deben satisfacer los requisitos que señala la ley, que no pueden ser menores a los que se exigen para ser magistrado de Tribunal Colegiado de Circuito (las cortes intermedias de apelación que se encuentran por debajo de la Suprema Corte) y duran en sus cargos ordinariamente nueve años improrrogables (salvo que sean promovidos a cargos superiores).

Tras el 2 de julio, la Coalición Por el Bien de Todos y su candidato Andrés Manuel López Obrador, AMLO, exigieron al Tribunal el recuento total de votos mediante una impugnación.

El Tribunal dictaminó el 5 de agosto por unanimidad que la petición de la Coalición Por el Bien de Todos estaba jurídicamente mal diseñada, no obstante, acordó hacer un recuento en 9.07% de las casillas. Si en las casillas a revisión se detectaban irregularidades notables, se procedería a una revisión más extensa. [1] Mientras tanto la Coalición Por el Bien de Todos desestimó el dictamen [2].

El 5 de septiembre, dictaminó la validez de la elección y el cómputo de la elección desestimando la posición de anular la elección presidencial exigida por la Coalición Por el Bien de Todos y declaró presidente electo a Felipe Calderón Hinojosa.

Lunes 2 de julio, el candidato de la coalición Movimiento Progresista (PRD-PT-MC), Andrés Manuel López Obrador, solicitó la invalidez de la elección presidencial por presuntas irregularidades que se presentaron en el proceso electoral federal 2011-2012, para lo cual presentó el juicio de inconformidad que se registró con el expediente SUP-JIN-359/2012.

El 30 de agosto de 2012, la Sala Superior resolvió el juicio de inconformidad SUP-JIN-359/2012, señalando que los planteamientos de nulidad de la coalición eran infundados. Posteriormente, el 31 de agosto de 2012, la Sala emitió el “cómputo final, calificación jurisdiccional de la elección, declaración de validez y de presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos”, en la que declaró presidente electo a Enrique Peña Nieto, postulado por la coalición Compromiso por México (PRI, PVEM).[3]

Se precisa que el candidato de la coalición Compromiso por México obtuvo el mayor número de votos en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con una ventaja del 6.6% de los votos de acuerdo con el cómputo final siguiente:

En el proyecto se hace patente que se cumplieron a cabalidad las etapas del proceso electoral y se realizaron los actos de cada una de ellas en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mientras que las irregularidades denunciadas fueron analizadas y resueltas por la autoridad administrativa electoral y, en su caso, por este Tribunal Electoral.

En consecuencia, se consideró que en el proceso electoral federal 2011-2012 prevalecieron los principios y valores constitucionales en materia electoral, como son los derechos fundamentales de votar y ser votado, el de acceso de los ciudadanos en condiciones de igualdad a las funciones públicas del país, el de elecciones libres, auténticas y periódicas; de sufragio universal, libre, secreto y directo, de maximización de la libertad de expresión y del derecho a la información en el debate público que precede a las elecciones.

El dictamen da cuenta del análisis de la documentación presentada por Enrique Peña Nieto al momento de registrar su candidatura. Tras la revisión del expediente se determinó que satisfacía los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Constitución federal, por lo cual no existía impedimento legal para declararlo presidente electo. [4]

Después de que el Partido Verde Ecologista de México fue el más multado durante las campañas electorales por difundir propaganda de sus informes, el TEPJF decidió reducir otra multa a dicho partido, la cual era de 11 millones 400 mil pesos y terminó en un millón 189 mil.

Otra de dichas multas fue la que se le impuso por la entrega de despensas en Quintana Roo por medio de la "Familia Verde", la cual fue de 70 mil 100 pesos. La despensa contenía: tres paquetes de galletas, pasta de dientes, jabones, dos kilos de harina, un litro de leche, papel higiénico y dos sobres de sazonador.[4]

La Contraloría Interna del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la entidad encargada de vigilar que la normativa del tribunal sea cumplida. De la misma manera también vigila que se lleven a cabo los acuerdos que emite la Comisión de Administración[5]​.

Esta contraloría utiliza auditorías, revisiones de control así como evaluaciones de cumplimiento para vigilar la gestión de los recursos de las unidades administrativas.

El Centro de Documentación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es un reservorio de información especializada en temas electorales que proporciona servicios de información al personal del tribunal así como al público en general[6]​.

En la actualidad existen siete centros de documentación:

Es una institución educativa dependiente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, especializada en tareas de formación, investigación, capacitación y difusión en la materia electoral. Su oferta educativa abarca programas de posgrado, cursos de capacitación y actualización, eventos académicos como seminarios, conferencias, talleres, además de generar y gestionar investigación especializada en la materia jurisdiccional electoral, así como coordinar obras editoriales[7]​.



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