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Territorios



Se denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo) poseída por una persona física o jurídica, sea una organización, una institución, o un Estado.[1]

Desde la perspectiva de la geosemántica social se entiende por territorio la unión de un sentido o significado con un lugar determinado, cuya definición es validada por una comunidad.

El término territorio es muy usado en geografía, aunque pocas veces corresponde a su contenido conceptual con lo que suele ser necesario establecer el significado que le da cada autor con-textualmente. Algunos autores han llegado a afirmar que el territorio es el objeto principal de la investigación geográfica frente a otros términos también muy usados dentro de la geografía como paisaje, región, espacio geográfico o lugar.

Una de las ramas de la Geografía que mayor uso ha hecho del término territorio ha sido la Geografía política. En esta subdisciplina también pueden precisarse diversos contenidos conceptuales. En ocasiones el territorio puede entenderse como el espacio físico dominado por un grupo social frente a otros. Otras veces se usa como sinónimo de Estado (especialmente en geopolítica). Finalmente suele emplearse la expresión organización territorial, para referirse a la división administrativa y de competencia dentro de un Estado.

Por último hay que citar a la ordenación del territorio como disciplina técnica relacionada con la geografía. En la ordenación del territorio este último término suele conceptualizarse de dos maneras diferentes. Primero y más comúnmente como sinónimo de suelo. Aquí ordenar el territorio quiere decir regular los distintos aprovechamientos y usos que le dan al suelo diferentes agentes. Pero en otros casos también puede entenderse como sinónimo de sistema socioecológico con lo que se estudian los diversos subterritorios que lo forman (comarcas, municipios, sistema urbano) y las relaciones y flujos horizontales que los unen con el fin de lograr un desarrollo socioeconómico equilibrado y equitativo entre estos.

Es la delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada la población. Dentro de este concepto político, el componente esencial para la conformación de un Estado.

Existen agrupaciones humanas en las que el territorio no es de importancia primordial, por ejemplo: la iglesia, o las organizaciones internacionales. El territorio es el elemento de primer orden colocado al lado del elemento humano tratándose del Estado.

Los hombres llamados a componer el Estado deben estar permanentemente establecidos en su suelo, el cual se llama patria (patria: tierra de los padres). No puede hacerse una igualdad o semejanza del Estado con la iglesia en el aspecto territorial, porque la misión y fines de la iglesia puramente espirituales, son diferentes de la misión y fines del Estado, en los que se involucran fundamentalmente intereses materiales.

El territorio tiene dos funciones:

El Estado para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un territorio, es decir, de una porción determinada del suelo que le proporcione los medios necesarios para satisfacer las necesidades de su población.

El Estado que pierde su territorio desaparece, pues ya no tiene espacio donde hacer valer su poder.

Es un derecho de dominio que tiene el Estado, que se manifiesta en la facultad de expropiación por causa de utilidad pública.

“La limitación y organización del poder político dentro de una sociedad determinada, buscando así como último y central objetivo asegurar la plena vigencia de los derechos fundamentales, tiene diferentes maneras de darse y materializarse. Una de ellas toma como variable para esa limitación y organización al territorio del Estado, conociéndose habitualmente a las diversas posibilidades que puedan presentarse al respeto con la denominación de Formas de Estado”.[2]Lo Federal, lo unitario y la pregunta sobre si realmente existe la descentralización territorial en el Perú.[3]

Ámbito espacial de validez del orden jurídico. Uno de los componentes del Estado. Entiéndase por territorio, en el derecho constitucional, no necesariamente la unidad espacial. Por tal motivo, la unidad del “territorio” no es una unidad geográfica. El territorio puede estar compuesto de partes separadas entre sí por otros territorios, que pueden pertenecer a Estados diferentes o no pertenecer a Estado alguno (en el sentido estricto de “territorio”), como por ejemplo, el de alta mar. Si todas estas partes geográficamente inconexas constituyen un todo unitario, un territorio único, débese, única y exclusivamente, a que no son sino el ámbito espacial de la validez de uno y el mismo orden jurídico. La identidad del territorio del Estado no es más que la entidad del orden jurídico.[4]

Para otros autores es la porción en la superficie del globo terráqueo sobre la cual el estado ejerce habitualmente su soberanía. Constituye la base física del Estado, así como el elemento necesario para la subsistencia del Estado, el cual se individualiza geográficamente, por virtud de la permanencia de un pueblo en suelo. Además, constituye la determinación del Imperium, ya que la validez del orden jurídico debe ser referida a límites de espacio. El Estado se distingue de otras entidades por virtud del poder y por su carácter territorial.[5]

La importancia de la descentralización política administrativa del espacio geográfico soberano del Estado, junto con el desarrollo de medios tecnológicos para anotar mapas en el contexto de la web 2.0, ha permitido la emergencia de medios de definir territorios de manera independiente de lo oficial, basándose en la producción comunal-social y la vivencia local. De este modo el territorio se produce de acuerdo al sentido que las personas le dan al lugar que habitan. El territorio así definido se consolida en la medida en que esa forma de comprender el lugar se hace común y hasta masiva. Tanto el hábitat social, la vivenciación cotidiana, el apego al lugar, como las huellas históricas de los lugares conforman un sentido común denominado territorio, de este modo el territorio es el resultado de agregar un sentido (significado) a un lugar, y que este sentido del lugar sea validado por una masa crítica de personas.[6]

La definición comunitaria de un territorio muchas veces puede ser contrapuesta a la definición que el Estado tiene de un espacio geográfico, especialmente cuando grandes proyectos pueden atentar contra los modos constituidos territorialmente. Cuando el espacio geográfico está apropiado por un sentido comunitario, y por otros sentidos tales como el ecologismo, el paisajismo pueden convertirse en opositores significativos para grandes proyectos que emprende el Estado, las grandes empresas o ambos en connivencia. De allí surge que el territorio debe ser comprendido como sujeto a las definiciones locales.

Este problema ha sido entendido como un desafío disciplinario para la sociología, etnografía y geografía humana dedicadas a conocer los sentidos de lugar que logran el estatus de territorios,[7]​ independientemente de las definiciones oficiales, en esta dinámica se generan lo que puede denominarse micro-geopolíticas locales.[8]​ Para comprender estás dinámicas ha surgido la disciplina de la geosemántica social como la ciencia encargada de conocer los territorios en tanto el resultado de la producción social comunitaria de los espacios geográficos, en la intersección entre lugar y sentido.



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