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Tribunal Regional Electoral



Tribunal Regional Electoral (TRE) es el órgano del Poder Judicial, en el Brasil, encargado de la gestión de elecciones a nivel estatal.

El funcionamiento de los Tribunales Regionales Electorales es regido por la ley 4.737 de 1965.

El artículo 120 de la Constitución Federal del Brasil determina que "habrá un Tribunal Regional Electoral en la capital de cada estado y en el Distrito Federal." Determina también, en su parágrafo primero, la composición de ellos:

I - mediante elección, por el voto secreto:

a) de dos jueces de entre los miembros del Tribunal de Justicia;

b) de dos jueces, de entre jueces de derecho, escogidos por el Tribunal de Justicia;

II - de un juez del Tribunal Regional Federal con sede en la Capital del Estado o en el Distrito Federal, o, no habiendo, de juez federal, escogido, en cualquier caso, por el Tribunal Regional Federal respectivo;

III - por nombramiento, por el Presidente de la República, de dos jueces de entre seis abogados de notable saber jurídico e idoneidad moral, indicados por el Tribunal de Justicia.

En la legislación brasilera, cabe a los TREs el control y fiscalización de todo el proceso electoral bajo su jurisdicción, desde el registro de cada directorio regional de los partidos políticos hasta la impresión de boletins y mapas de registro durante el conteo de los votos.

El TRE es responsable por el catastro de los electores, por la constitución de juntas y zonas electorales y por el conteo de los resultados y graduación de los electos en sufrágios a nivel estatal.

El TRE también debe dirimir dudas en relación en las elecciones y juzgar apelaciones en las decisiones de los jueces electorales.

Los TREs del Brasil tienen libertad para confeccionar sus propios reglamentos internos.



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